El 8 de noviembre ingresó a la Legislatura chaqueña el proyecto de ley 6031, con las firmas de los disputados Gladis Cristaldo (Concertación Forja), Elida Cuesta (PJ), Nadia García Amud (PJ), Hugo Ságer (PJ), Ricardo Sánchez (PJ) y María Elena Varga (PJ).
El 21 de febrero, otro proyecto de ley de las mismas características fue ingresado al Parlamento para su tratamiento. Se trata del 377, de autoría de Cristaldo, Irene Dumrauf (UCR- Cambiemos), Liliana Spoljaric (PJ) y Daniel Trabalón (Frente Grande).
Este miércoles, previo a que concluya la sesión ordinaria, fue el diputado Sánchez quien intentó el tratamiento del proyecto por el cual la provincia del Chaco adheriría a la Ley Nacional 27.499, conocida como Ley Micaela, sancionada el año pasado. No obstante el intento del justicialista, son varias las diputadas que coinciden en la necesidad de debatir, de manera colectiva, y lograr un despacho consensuado entre ambos proyectos para sacar la mejor normativa.
La Ley nacional establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos sus niveles y jerarquías, en los tres poderes del Estado.
Fue impulsada en el Congreso de la Nación por la diputada chaqueña Analía Rach Quiroga, y se la conoce por ese nombre en memoria de Micaela García, militante entrerriana del Movimiento Evita, abusada y asesinada en Gualeguaychú en 2017.
Cabe mencionar que la presentación del primer proyecto de ley en el Chaco, que lleva la firma de diputados del Frente Chaco Merece Más, se dio tras la vista del padre de Natalia Samaniego, la joven chaqueña que fue asesinada en septiembre del año pasado por quien era su pareja, en la ciudad de Posadas.
Rasgos generales de las iniciativas
Ambos proyectos concentran en general articulados vinculados a los de la Ley Micaela. El primero crea un Programa de capacitación permanente en temáticas de género y violencia contra la mujer. Mientras que el segundo, obliga al estado a garantizar, promover y fortalecer cursos y talleres de capacitación obligatoria en género, brindando información, generando concientización y prevención en la violencia contra las mujeres. Establece también, este segundo que quien se niegue sin justa causa será intimado en forma fehaciente por la autoridad de aplicación y su incumplimiento será considerado una falta grave.
Ambas iniciativas coinciden en que el organismo de aplicación será definido por cada uno de los Poderes del estado, una vez promulgada la normativa. Aunque en el caso del segundo proyecto, establece que no podrá ser de un rango menor que el de un Ministerio o Secretaría de Estado.
También en ambos casos se establece que los gastos que demande la normativa, se tomarán de las partidas presupuestarias correspondientes a cada organismo público.
Se invita, también en ambos, a todos los municipios a adherir a la misma una vez promulgada.