Lavado II: la Jueza Niremperger ratificó la validez de la pericia contable de la Policía Federal

Fue al rechazar el planteo de nulidad solicitado por el fiscal Federal, Patricio Sabadini. Sabadini consideró que la pericia era parcial, incompleta y además fue filtrada a una de las imputadas antes de que se incorporara formalmente al expediente. La jueza consideró que si bien el informe no estaba completo, el trabajo no puede considerarse como nulo. El fiscal anticipó que apelará esta decisión ante la Cámara de Apelaciones.

Dra. Zunilda Niremperger.

La jueza Federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, rechazó el pedido de nulidad presentado por el fiscal, Patricio Sabadini sobre la pericia contable realizada por el contador auditor de la Policía Federal, Gerardo César Azpiróz. Es en el marco de la causa Lavado II, que la tiene a la diputada Aída Ayala y al sindicalista, Jacinto Sampayo, como principales procesados.

Sabadini había presentado un escrito dirigido a la Jueza Niremperger en donde pidió la nulidad de la pericia y que se investigue a Azpiróz por el presunto delito de falso testimonio y por revelar datos sensibles de la investigación. Entre sus conclusiones, el perito había determinado que, teniendo en cuenta las pruebas que se tiene hasta el momento, no se detectó “prima facie” ningún elemento para establecer que los imputados lavaron dinero ni que tampoco se hayan enriquecido ilícitamente.

El fiscal consideró que Azpiróz hizo una pericia parcial al no responder a los pedidos que le hizo tanto el Juzgado como la Fiscalía. Además, señaló que tampoco analizó toda las pruebas incluidas en el expediente ni solicitó más pruebas al Juzgado, si es que en ese momento no contaba con todas las necesarias para emitir un dictamen.

Sabadini sostuvo además que el perito habría filtrado datos de la pericia a la diputada Aída Ayala, incluso antes de que el informe fuera incorporado a la causa o que la propia Niremperger tuviera acceso al mismo. Esta acción, de haberse cometido, está penada por el artículo 157 del Código Penal con condenas que van de un mes a dos años de prisión.

“En lo sustancial, coincido con los extremos advertidos por el Señor Fiscal Federal en relación al informe (…) y su desapego a las directivas oportunamente otorgadas para su realización al perito oficial”, sostuvo Niremperger en la resolución que tiene fecha del jueves de esta semana.

“Sin embargo, no comparto que ante dicho escenario se imponga la tacha de nulidad del informe pericial, ya que no se ha acreditado adecuadamente la inobservancia de disposiciones expresamente prescriptas bajo pena de nulidad por el ordenamiento procesal, como tampoco algún tipo de gravamen concreto que obste al debido proceso”, aclaró.

En este sentido, la Jueza señaló que el informe contable “prescinde del examen de documentación que fuera oportunamente indicada al efecto de ser integrada a la labor del perito oficial (esto es, extractos bancarios, perfiles fiscales de A.F.I.P., informes de registros públicos, entre otros), desarrolla de forma incompleta acerca de los sujetos y el lapso temporal delimitado, como así también omite expedirse acerca de los puntos de pericia propuestos por las partes”.

“Teniendo ello presente, debo señalar que la discordancia observada entre los términos en que fuera circunscripta la labor pericial y el contenido del dictamen emitido por el perito oficial, merma notablemente su eventual eficacia conviccional pero no conduce a su anulación en cuanto acto procesal válido”, fundamentó.

“Por consiguiente, el desarrollo incompleto del informe pericial no alberga en su contenido defectos formales cuya entidad permita estimar vulneradas garantías constitucionales, ya que a pesar de configurar un escenario que exhibe un precario apego al cargo asumido por parte del perito oficial, no existe óbice para que tales deficiencias sean eventualmente integradas por éste en caso de así considerarlo o, en su caso, su vitalidad como elemento de convicción quedará condicionada al rigor técnico de las operaciones realizadas y las conclusiones vertidas en consecuencia”, sostuvo.

 

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