Dictamen favorable para un régimen de sponsorización para personas con discapacidad

Dictamen favorable para un régimen de sponsorización de personas con discapacidad

Se sumó además el Expediente 246/18 del poder Ejecutivo que considera atendible la iniciativa y no opone ningún tipo de objeciones al respecto. La sesión tuvo quórum de los diputados Luis Obeid (presidente), Hugo Sager, Carim Peche, Alejandro Aradas, María Elena Vargas, Claudia González y Carmen Delgado, se sumó a la reunión el diputado Daniel Trabalón.

Cuesta como parte de los fundamentos expuestos resalta que “teniendo plasmado el encuadre normativo creemos que es de fundamental importancia crear un régimen especial para aquellas entidades privadas o personas físicas que tengan la voluntad de apoyar financieramente proyectos o emprendimientos de personas con discapacidad que requieran de aportes económicos para el cumplimiento de sus objetivos, así como aportar con fines altruistas al desarrollo y desenvolvimiento social de las personas con discapacidad o las Organizaciones que las representan”.

Afirma también que “se busca con ello promover la autonomía y vida independiente de las personas con discapacidad a través del compromiso social, no solo del Estado Provincial, mediante el otorgamiento del incentivo fiscal dispuesto, sino a través de las acciones de cooperación con entes privados y empresas que tengan entre sus objetivos el establecimiento de metas empresariales compatibles con el respeto de la diversidad, promoviendo la reducción de las desigualdades sociales”. “Esto se relaciona de modo directo con la Responsabilidad social empresarial, si la definimos como el conjunto de acciones que toman en consideración las empresas, para que sus actividades tengan repercusiones positivas sobre la sociedad y que afirman los principios y valores por los que se rigen, tanto en sus propios métodos y procesos internos” considera la legisladora.

Sponsorización

A los fines de la presente ley, se considera sponsorización al acto de patrocinar, estimular, sustentar y promocionar actividades relacionadas con la formación laboral, profesional e intelectual de las personas con discapacidad, mediante la implementación de todo sistema que promueva la inclusión laboral y el acceso al empleo, realizada por personas físicas y/o jurídicas, consistente en aportes dinerarios, para potenciar la autonomía y vida independiente de las personas con discapacidad.

Se entiende por Tutoría al acto de patrocinar, estimular, sustentar y promocionar actividades que tiendan a facilitar el acceso a un nivel de vida adecuado para las personas con discapacidad, sus familias y las Organizaciones de la Sociedad Civil que las representan, realizado por personas físicas o jurídicas, consistente en aporte dinerario sin más finalidad que el altruismo.

Objetivos

El objetivo del presente Régimen es promover la inclusión laboral, el acceso al empleo, y toda otra medida que tienda a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, a través de la dación de aportes dinerarios de personas físicas y/o jurídicas, en el fomento de actividades, patrocinando, estimulando y sustentando estas prácticas, recibiendo como contraprestación, y en su caso, el incentivo fiscal dispuesto por el artículo 15º de la presente ley.

El patrocinio realizado a través del aporte dinerario, que el beneficiario requiera para el desarrollo de una actividad o proyecto, permitirán: Desarrollar actividades que tiendan a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, en todos sus ámbitos; Colaborar con actividades que propicien su formación laboral, profesional e intelectual; Formular, desarrollar y respaldar proyectos de inserción socio laboral y ocupacional mediante la implementación de todo sistema que promueva la formación pre laboral y el acceso al empleo; Patrocinar acciones que promuevan el desenvolvimiento social, la autonomía y vida independiente de las personas con discapacidad; Brindar orientación y promoción individual y familiar, articulando acciones con Organizaciones de la Sociedad Civil; Articular, en forma conjunta, con Organismos públicos y/o privados, acciones que propendan a mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad y su familia;

Autoridad de aplicación

El Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, será la autoridad de aplicación de la presente ley.

La iniciativa contiene más de veinte artículos y la Comisión formuló dictamen favorable aconsejando al Cuerpo su aprobación.

Otros dictámenes emitidos

En forma dividida se expidieron sobre el proyecto de resolución 939,19 impulsado por la diputada Andrea Charole, respaldando la propuesta los diputados integrantes del PJ, y los de Cambiemos UCR propusieron el mantenimiento en cartera. La misma manifiesta beneplácito por fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que dio respuesta positiva a un recurso de amparo presentado por la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) y declaró la inconstitucionalidad de la resolución N° 268/2018, que habilitaba el recorte de las pensiones no contributivas por invalidez, y de algunos artículos del decreto Nº 432/1997 que prevén causales de suspensión y caducidad de este beneficio. El reciente fallo dispone que el gobierno nacional estará obligado a pagar todas las pensiones que fueron suspendidas desde 2016. La Agencia Nacional de Discapacidad dictó en septiembre último la resolución N° 268/2018. Allí se el gobierno establecía un procedimiento mediante el cual los titulares de las pensiones debían acreditar que no cumplían con las incompatibilidades previstas en el Decreto Nº 432/1997 para poder seguir recibiendo el beneficio.

En cambio, respaldo unánime recibió el proyecto de resolución 939,19 presentado por el diputado Pablo Curin (Cambiemos-UCR), que expresa preocupación por el estado deplorable del Hospital “Almirante Brown” de Pampa del Infierno, y además solicita una inmediata solución ante la lamentable situación que atraviesa dicho nosocomio, teniendo en consideración las manifestaciones vertidas por el intendente municipal Carlos Andión, y de notoria publicación en los diarios locales, quien ha manifestado:“nuestro hospital sigue siendo el peor de la provincia y seguramente no hemos caído más porque no hay otro que esté en peores condiciones que el nuestro”. En otro punto solicita al Poder Ejecutivo y por su intermedio al Ministerio de Salud de la provincia y/o del organismo que corresponda, para que arbitren los medios necesarios y dar una pronta solución a la comunidad de Pampa del Infierno ante esta dramática situación, quienes desafortunadamente son los más perjudicados y ven vulnerado un derecho fundamental y de raigambre constitucional como lo es la Salud Publica.-

En forma dividida se expidió la Comisión al considerar el proyecto de resolución 1090,19 autoría de la diputada Claudia Panzardi (PJ). El mismo tuvo respaldo de los diputados del PJ, y Cambiemos-UCR en cartera. La iniciativa expresa satisfacción ante la realización de un nuevo operativo llevado a cabo por el Ministerio de Salud Pública, a través del Programa de Especialistas Itinerante (PEI), quienes realizaron atención especializada en las localidades de Cote Lai y Ciervo Petiso, dando respuesta a más de 300 consultas en pediatría, cardiología, oftalmología y ginecoobstetricia. Además resalta que en el mes de marzo ya visitaron las localidades de Concepción del Bermejo, Colonia Elisa, Villa Río Bermejito, Los Frentones, Villa Berthet y Campo Largo.

También obtuvo votación dividida el proyecto de resolución 1184,19 autoría de Ricardo Sánchez (PJ)). Diputados del PJ respaldaron la expresión, en tanto, desde Cambiemos-UCR en cartera. La iniciativa expresa profunda preocupación ante el informe publicado por parte del Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica, que da cuenta que la pobreza alcanzó al 31,3 por ciento de la población urbana durante el último trimestre de 2018. En otro punto resalta, que el citado informe realiza una medición de la pobreza por ingresos y multidimensional, que incluye a la población que se encuentran bajo la línea de pobreza y que no accede a educación, salud, vivienda, empleo, protección social, saneamiento, acceso al agua y hábitat seguro; y finalmente pide la remisión de copia de la presente resolución al Poder Ejecutivo Nacional.

Aceptan vetos

La Comisión a través de los diputados que la integran decidió aceptar dos vetos remitidos por el Poder Ejecutivo. Se trata del Expte 386,18 aceptan veto parcial a la sanción legislativa 2921-D – agua potable para consumo en establecimientos gastronómicos y de espectáculos; y el Expte 432,18 aceptan veto parcial a la sanción legislativa 2947-G- crea el programa provincial integral de la osteoporosis para la detección temprana prevención diagnostico y tratamiento de la enfermedad.

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