En un año las cuotas de los planes de autoahorro aumentaron más del 120%, mientras la inflación fue del 45% y los salarios se incrementaron un 25 %: “Claramente debe buscarse mecanismo de actualización de las cuotas que pagan los suscriptores vinculadas al incremento de los salarios”, indicó el legislador provincial.
Así agregó: “Esperemos que esta jurisprudencia sea tomada en cuenta por los tribunales chaqueños y finalice con estos aumentos abusivos de precios de los automóviles en relación al salario de la población”.
En este sentido, Pedrini recordó que en 2002 se vivió una situación semejante cuando las cuotas se dispararon y los salarios no acompañaron la inflación y menos el aumento del costo de los vehículos. “No obstante, la Inspección General de Justicia de la Nación, organismo responsable del contralor estatal sobre el sistema de autoahorro, amplió el número de cuotas y permitió una salida rápida a una situación de crisis”, detalló. “Actualmente y bajo la impronta de un gobierno neoliberal, la Inspección General de Justicia no hace absolutamente nada en defensa del eslabón más débil de estos planes para acceder a un 0 km, que son los suscriptores de los planes, quienes están indefensos ante el aumento abusivo de las terminales automotrices”, concluyó. El proyecto también solicita que la Legislatura Chaqueña solicite a la Inspección General de Justicia su urgente intervención en favor de los suscriptores de planes de ahorro.
El proyecto
La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco Resuelve:
1º.- Manifestar beneplácito por el contenido de la sentencia dictada por el Juez civil de Viedma, Leandro Oyola, en autos mediante la cual se ordena retrotraer las cuotas de los Planes de Ahorro de Automotores a los valores del mes de Abril de 2018.
2º.- Dirigirse a la Inspección General de Justicia de la Nación, a fin de solicitarles se tomen medidas semejantes, al fallo citado, a efectos de salvaguardar los derechos de los suscriptores a planes de ahorro de automotores en la Provincia del Chaco y toda la República Argentina.
3º.- Correr traslado de la presente a Su Señoría Dr. Leandro Oyola.