Por Héctor Pedro Recalde *
En la actualidad aunque con medios que no implican la desaparición física, ni la tortura o la privación de la libertad, los ataques contra los abogados que defendemos trabajadores continúan y se extiende a jueces del trabajo y al propio fuero laboral. Despectivamente se habla de la “industria del juicio”, mientras que lo que realmente decae es el modelo industrial de nuestra economía.
El Gobierno, sin mayorías en el Parlamento Nacional, logró la sanción de la ley 27.348 el 15 de febrero de 2017, norma que el Bloque de Diputados FPV-PJ que entonces presidía votó en contra en razón de que viola el art. 75 inciso 19 de la Constitución Nacional y hasta su propio Preámbulo por obstaculizar a los trabajadores el acceso a la Justicia. A pesar de ello los lobbies empresarios y de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, vuelven a la carga con la supuesta “industria del juicio” (La Nación 5/6/19). Esto no es nuevo y no puedo dejar de ser autorreferencial por cuanto el Presidente de la Nación, el día 12 de junio de 2017 me calificó como el “Jefe de la Mafia de los Abogados Laboralistas”.
En realidad su crítica para mí significa un elogio. Sería vano pretender que el Presidente dirija el reconocimiento a quienes sí lo merecen, que son los los compañeros abogados víctimas de la represión de la dictadura cívico-militar. Estas consideraciones fueron las que lograron que el Parlamento diera sanción a la ley 27115, por ello reproduzco parte de los fundamentos de la ley:
“Cada nuevo derecho que le es reconocido a un trabajador trae aparejado un crecimiento en su dignidad y un progreso en el respeto a los derechos humanos. Hasta 1974, pese a las particularidades que tienen las relaciones de trabajo, las mismas eran regidas por el Código de Comercio más algunas leyes aisladas y específicas. En ese año se sancionó la Ley Nº 20.744 –la Ley de Contrato de Trabajo–, norma que sentó los derechos mínimos para los trabajadores de la actividad privada, reconociéndose en ella una enorme cantidad de derechos, y por consiguiente, dándole dignidad a gran parte de la población. No fue casual, sino direccionado al logro de sus fines económicos, que la sangrienta dictadura iniciada el 24 de marzo de 1976 degradara los derechos laborales.
La suspensión y posterior penalización del ejercicio del derecho de huelga, la prohibición de la negociación colectiva y de la actividad sindical, y la derogación de convenios colectivos de trabajo se enmarcaron en dicha finalidad.A poco más de un mes de tomar el gobierno por la fuerza, cuando la Ley de Contrato de Trabajo contaba con apenas un año y medio de vigencia, se ensañó con dicha norma legal surgida del proceso constitucional de sanción de las leyes, y a través de un ucase dictatorial firmado por un genocida y un asistente –pero indudablemente elaborado por técnicos jurídicos que aún hoy se mantienen en el anonimato– dispuso su mutilación. Ciento veintiséis (126) artículos de la Ley de Contrato de Trabajo fueron objeto del ensañamiento contra los derechos de los trabajadores.
Veintisiete (27) artículos consagratorios de derechos laborales fueron derogados, y otros noventa y nueve (99) modificados en perjuicio de la clase obrera. La política a implementar en favor de los grupos económicos que habían generado el escenario para el golpe, diseñaron su política económica y serían sus beneficiarios, requería también –en sus perversos criterio y acción– el disciplinamiento social y el aniquilamiento de cualquier atisbo de resistencia social.A ello se encontró dirigida la sistemática política de persecuciones, secuestros y desapariciones. Miles de trabajadores con inserción sindical, delegados, militantes de base y dirigentes integran la nómina de compatriotas desaparecidos. También quienes poseían un fuerte compromiso social en la defensa del interés y derecho de los trabajadores y sus organizaciones sufrieron persecuciones, exilio, prisión, y fueron víctimas de secuestro y desaparición.
Durante la llamada “Noche de las Corbatas” ocurrida entre el 6 y el 13 de Julio de 1977 en la Ciudad de Mar del Plata, se produjo el secuestro de 11 personas, entre ellos 6 abogados de trabajadores: Norberto Centeno, Salvador Manuel Arestin, Raul Hugo Alaiz, Camilo Ricci, Carlos A. Bozzi y Tomás J. Fresneda. Norberto Centeno fue asesinado el 7 de Julio de 1977. Era abogado laboralista, asesor de varios sindicatos, profesor universitario de Derecho del Trabajo, pero su colaboración más importante fue sin dudas la autoría del anteproyecto que fue posteriormente la Ley de Contrato de Trabajo. Centeno dedicó su vida a la defensa de los trabajadores, y esto le costó la vida. Año a año es recordado por profesores, profesionales del derecho y dirigentes sindicales de la más variada extracción.
La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner ha participado junto al ex presidente Néstor Kirchner en el homenaje que le fuera realizado en la Confederación General del Trabajo el día 7 de julio de 2008. Como Norberto Centeno, otros abogados defensores de trabajadores, estudiantes y presos políticos, fueron víctimas de la dictadura. Carlos Moreno fue secuestrado y asesinado por defender a los trabajadores de la empresa Loma Negra; Daniel Antokoletz por defender presos políticos; y muchos sufrieron persecuciones, prisión y exilio. Actualmente miles de abogados y abogadas de todo el país dedican su vida diariamente a la defensa de los trabajadores que, vale recordar, son consagrados por la Constitución Nacional como sujetos que merecen una especial tutela. Al obtener que un trabajador vea respetado sus derechos laborales, cada uno de ellos logra también que sea respetada la dignidad del trabajador.”
En reconocimiento a Norberto Centeno y a todos quienes han consagrado su vida a la defensa de los derechos de los trabajadores, cuyo compromiso social señala la dirección a los que hoy siguen su sendero, se declaró el día 7 de Julio como Día del Abogado Laboralista.
(*) Abogado laboralista, presidente de Fuentes.