Reanuda la actividad legislativa: el aumento de partidas a comedores escolares con preferencia para el miércoles

Luego de dos semanas de licencia enmarcada en la cuestión electoral, el Parlamento chaqueño volverá a sesionar el miércoles. Entre los proyectos con preferencia para el tratamiento se encuentra el 6580 de 2018 que prevé un aumento a las partidas de los comedores escolares a partir de destinar el 1% del presupuesto general.

Durante la última sesión legislativa sesión legislativa, el diputado Daniel Trabalón del Frente Grande insistió con el tratamiento del proyecto 6580 de 2018 por el que propone que se destine el 1% del Presupuesto General a las partidas que sostienen a los comedores escolares. La iniciativa legislativa tiene preferencia para abordarse el miércoles, plantea que se destine el 1% del Presupuesto teniendo en cuenta que los fondos se mantienen congelados desde hace más de dos años y medio.

La iniciativa propone la creación del Fondo Especial y el Programa Alimentario se da en el marco de la Ley 2086-C -Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes- y el inciso c) del artículo 133 de la Ley 1887-E -de Educación Provincial.

Su fin específico es fortalecer la calidad de las prestaciones alimentarias de quienes asisten a los comedores escolares, garantizando una alimentación variada y segura.

“Quedan comprendidas las erogaciones que tengan por objeto la contratación del personal, compra de combustible, fletes, adquisición de elementos de limpieza, compra de artículos para el funcionamiento de los comedores como ser vajillas, mobiliario, enseres, artefactos de cocina, además de la realización de obras de infraestructura”, precisa el texto en su artículo segundo.

Además, establece la obligatoriedad de que deban incluirse sus partidas en la leyes de Presupuesto General de la Provincia, como jurisdicción presupuestaria Especial, la que se denominará “Fondo Especial – Programa Alimentario para Comedores Escolares”.

La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, o la autoridad que el Poder Ejecutivo designe, que queda facultado a realizar convenios con los municipios con la finalidad de mejorar la ejecución territorial y garantizar el alcance de la presente. Pero articularán con la aplicación de la ley con el Ministerio de Educación y de Salud de la Provincia.

El Fondo se integrará con recursos provenientes de rentas generales y tendrá un monto, como mínimo, del 1% del Presupuesto total de gastos de la Provincia del Chaco; y será destinado a cumplir los objetivos del artículo 2, así como también a cubrir las obligaciones emanadas de convenios suscriptos con otras entidades u organismos, nacionales o internacionales.

La transferencia al “Fondo Especial – Programa Alimentario para Comedores Escolares” será diaria en la proporción presupuestada e inembargable.

Si al final del Ejercicio no se hubiere ejecutado el monto total presupuestado, la autoridad de aplicación deberá justificar tal hecho.

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