Una cuestión previa en homenaje a Mártires López

Este 14 de junio se cumplirá un nuevo aniversario de la muerte del dirigente indígena Mártires López. Desde el Partido del Trabajo y el Pueblo, Rodolfo Schwartz pidió una cuestión previa, homenajeó al referente campesino y pidió acompañamiento a un proyecto que crea en el ámbito parlamentario la Comisión Investigadora “Verdad y Justicia para Mártires Lopez”.

El diputado Rodolfo Schwartz hizo un repaso de la causa que investiga la muerte del dirigente campesino indígena Mártires López, ocurrida el 14 de junio de 2011. “Cerró cuatro veces la causa, las dos primeras sin investigarse absolutamente nada”, apuntó el legislador tras pedir una cuestión previa a fin de homenajear al referente.

Recordó que “las grandes movilizaciones hicieron que el fiscal de turno se reiterase. La moto no tenía raspón y había sangre sobre el tanque. Cómo alguien puede fracturarse la base del cráneo y que ni él ni su moto tengan raspón alguno”, cuestionó.

Adelantó: “Queremos conformar una comisión investigadora parlamentaria por Verdad y Justicia por Mártires López. Es imprescindible que lleguemos a la verdad porque grandes y profundos intereses disputan nuestro territorio y Mártires tuvo un activo rol fundamental en esta lucha. Es una pérdida muy grande de un dirigente como pocos, de una honestidad como pocos. Quería hacer este homenaje”, expresó.

Desde la bancada del PJ, se expresaron en igual sentido Juan Carlos Ayala y Juan Manuel Pedrini. Y también hizo lo propio el diputado del Partido del Obrero, Aurelio Díaz.

 

Para Mártires López

La iniciativa legislativa ingresada esta misma jornada, crea en el ámbito de la Cámara de Diputados la Comisión Investigadora “Verdad y Justicia para Mártires López”, la que investigará sobre la causa de la muerte del dirigente campesino indígena, acaecida el 14 de junio de 2011, luego de agonizar por un supuesto accidente.

Entre sus atribuciones, recibirá denuncias y documentación probatoria; declaraciones de todo ciudadano o ciudadana que considere necesario para el aporte de información al esclarecimiento de los casos que se investiguen; creará un Banco de Archivo pertinentes, unificar toda la documentación hasta la fecha; nombrará peritos de cualquier profesión, que por su especialización sean necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Comisión; se constituirse en cualquier lugar del territorio provincial, cuando la investigación así lo requiriese; y colaborará con los Organismos Nacionales, Provinciales e Internacionales. Además, requerirá su contribución al esclarecimiento y coordinación de las tareas, cuando las circunstancias así lo aconsejaren.

Será integrada por un integrante de cada Bloque Legislativo; uno de la Comisión Parlamentaria de Derechos Humanos; uno de la Comisión de Pueblos Indígenas, representantes de Organizaciones Sociales y Políticas, investigadores, organismos o secretarias que trabajen en torno al objeto de investigación, acreditando su interés y solicitando su integración. Se invitará especialmente a la familia de Mártires López, a dirigentes de la FNC Federación Nacional Campesina, de la que presidiera hasta su muerte y del Movimiento de Naciones y Pueblos Originarios en Lucha que fundar.

La Comisión será convocada por el presidente de la Legislatura dentro de los 10 días de promulgada la presente Ley. Dictará su propio Reglamento Interno de funcionamiento en su primera reunión ordinaria. Emitirá sus informes y conclusiones, dentro de los 30 días de su puesta en funcionamiento, de ser necesario solicitará una prórroga.

El Poder Legislativo, en el marco de la presente ley, desarrollará una campaña de difusión masiva, tendiente a informar sobre la constitución de la Comisión, su objetivo y lugares y horarios de atención para la recepción de denuncias o consultas, entre otros.

Las reuniones de la Comisión Investigadora podrán ser públicas y con acceso a las personas que acrediten interés en el objeto de la investigación y que así lo soliciten.

Artículo 7:Una vez concluido el Informe por parte de la Comisión, ésta lo elevará al Cuerpo Legislativo,parasu aprobación.

El informe, aprobado por el Cuerpo, si contare con elementos que verifiquen la existencia de pruebas de la causa de la muerte, deberá ser puesto a consideración del Poder Judicial, ante el juzgado y fuero correspondiente, y será elevado a los Organismos Nacionales e Internacionales de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, como así también a las Organizaciones de diversos países, que iniciaran la Campaña Internacional “Verdad y Justicia para Mártires López” en la República de Guatemala, en el año 2018. . ARTÍCULO 9°: El Poder Legislativo deberá garantizar los recursos económicos y humanos necesarios para el cumplimento de los fines de la Comisión. Así mismo, deberá proveer de un espacio físico adecuado para el desarrollo de sus funciones y del mobiliario que se requiera.

Compartir