Se reglamentó en el Chaco la ley de inclusión laboral para personas trans

En un acto realizado el viernes último, la vicegobernadora del Chaco, Analía Rach Quiroga, firmó el decreto 337/21 que reglamentó la ley provincial Nº 2934-L, de inclusión laboral trans-travesti-transgénero. Tendrá como autoridad de aplicación a la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros.

El sábado 20 de febrero, en distintas ciudades del país, se realizó un banderazo “federal y plurinacional” reclamando que el proyecto de ley nacional de cupo laboral e inclusión laboral para personas travestis y trans sea tratado en sesiones extraordinarias del Congreso Nacional. Mientras tanto, el viernes último el Chaco avanzó en el reconocimiento efectivo del derecho de las personas trans con la reglamentación de la ley provincial de inclusión laboral con la firma del decreto por parte de la vicegobernadora Analía Rach Quiroga.

La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros fue facultada como autoridad de aplicación de la norma, en coordinación con el Ministerio de Producción, Industria y Empleo y los organismos pertinentes.

Registro Berkins

En el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros se creará un Registro Público de Aspirantes que llevará el nombre de “Registro Berkins” (en homenaje a Lohana Berkins, militante histórica por la inclusión laboral de las personas trans) en el que serán asentadas las postulaciones de las personas que deseen ingresar al Estado Provincial bajo el régimen de la ley, garantizando el principio de confidencialidad.

El ingreso se realizará de manera progresiva, teniendo en cuenta las previsiones presupuestarias y creaciones y/o vacantes de cargos. La distribución de los ingresos se realizará de manera equitativa y proporcional dentro del Estado Provincial.

La reglamentación también establece que el requisito de idoneidad para el cargo “será interpretado siempre en favor de las personas travestis, transexuales y transgénero beneficiarias y no será un impedimento para que el Estado cumpla con el deber establecido”. En tanto, para aquellas personas “que no reúnan las condiciones de idoneidad se dispondrá un régimen especial de capacitación laboral, con el fin de garantizar su efectiva inserción laboral”.

Beneficios impositivos por contratar a personas trans

Por otro lado, el decreto reglamentario establece un régimen de desgravación en el Impuesto a los Ingresos Brutos para las empresas privadas que contraten travestis, transexuales y transgénero, de conformidad con lo que la Administración Tributaria Provincial (ATP)

 

Compartir