“Queremos que las viviendas se otorguen a familias que realmente necesiten un techo”, sostuvo el diputado Bergia

El diputado del NePAR, Juan José Bergia, se refirió al proyecto de ley que impulsa para regularizar la adjudicación de viviendas por parte del IPDUV. La iniciativa aborda una serie de sanciones para quienes vendan, cedan o alquilen estas casas otorgadas por el Estado. Buscan que tenga tratamiento en la sesión de este miércoles.

El diputado provincial por el NePAR, Juan José Bergia, se refirió en CIUDAD TV al proyecto de ley 1186 de 2020,  que cuenta con dictamen favorable de las comisiones de Legislación General y de Hacienda y que tienen como objetivo “brindar una solución rápida por las viviendas que fueron entregadas a familias que no cuentan con título de propiedad ni deudas canceladas, por el IPDUV”.

Aseguró que la iniciativa dará respuestas a distintas solicitudes e inquietudes de la gente “ante la demanda de unidades habitacionales. “Nosotros pretendemos que todas las personas que tienen adjudicada su vivienda cumplan con lo que el Instituto le dio porque cada vivienda debe ser utilizada por quien fue asignado por Vivienda, no la pueden alquilar ni vender”, advirtió. “Lo que pretende este proyecto es evitar distintas negociaciones que puedan hacerse con las viviendas”, advirtió.

La iniciativa establece un régimen de sanciones y procedimiento de regularización dominial de viviendas adjudicadas por el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia del Chaco, conforme los principios y pautas establecidos en la presente ley.
Quedan comprendidas por la presente ley todas aquellas viviendas adjudicadas o a adjudicarse por el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda que no cuenten con título de propiedad ni se encuentren canceladas totalmente.

Prohíbe la venta, cesión, alquiler, préstamo, donación, abandono sin justa causa autorizada, y la celebración de cualquier otro acto de disposición, transacción o negocio sobre las viviendas adjudicadas por el IPDUV, sin previa cancelación total del saldo de la misma con el correspondiente trámite de levantamiento de hipoteca fehacientemente acreditado.

Compartir