Establecieron por ley la capacitación obligatoria en ética pública para quienes ocupen cargos en el Estado

La normativa, de autoría del diputado del NePAR, Juan José Bergia, fue sancionada por unanimidad y establece la capacitación obligatoria en ética pública para quien se desempeñe como funcionario en todos los niveles y jerarquías, y para aspirantes a ocupar cargos en los Poderes del Estado u organismos públicos.

Juan José Bergia, diputado del NePAR.

La ley sancionada por unanimidad establece la capacitación obligatoria en la temática de ética pública dirigida y que serán las máximas autoridades de cada organismo responsables de garantizar la implementación de las mismas, las que comenzarán a impartirse dentro del año de puesta en vigencia la ley.

En el caso de los cargos electivos, la obligación será previo al ejercicio de la función pública. Mientras que para los aspirantes a ocupar cargos públicos, estarán establecidas como requisito de ingreso al organismo en cuestión.

Quienes no se capaciten deberán ser intimados por la autoridad que corresponda, que también determinará las sanciones correspondientes al caso.
En sus fundamentos, el diputado Bergia sostuvo que el ejercicio de la función pública en el marco del Estado “demanda una actuación eficaz, íntegra y transparente” y por tanto es obligación “conocer y comprender los principios y normas éticas que deben respetar y cumplir”.
Mencionó entre las normas a las que someterse, la del régimen de conflicto de intereses, a fin de prevenir que los funcionarios puedan ver afectada su independencia de criterio.
Aseguró que la iniciativa apunta a difundir los deberes y principios, declaraciones juradas patrimoniales y la gestión del conflicto de intereses, entre otras obligaciones que deben conocer y respetar quienes se desempeñen en la función pública.

Recordó y destacó la sanción de la Ley de Ética y Transparencia en la función Pública, que data de 2004, y recalcó que “significó un notable avance, definiendo a los sujetos comprendidos, sus deberes y prohibiciones, señalando incompatibilidades y conflictos de intereses, creando un régimen de declaraciones juradas, organismos de control y sanciones ante graves inconductas”.

“Considero que la capacitación obligatoria a quienes integran o aspiren a integrar los tres Poderes del Estado aporta contenidos relevantes para comprender la dimensión ética de los comportamientos de los funcionarios y empleados públicos, teniendo en cuenta que la Administración Pública debe servir a los ciudadanos respetando códigos de ética y de transparencia”, defendió.

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