Un fallo suspendió el llamado a licitación para el nuevo sistema el transporte en Resistencia

La medida judicial se basa en la exclusión de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de la Comisión Permanente que elaboró los pliegos para el llamado a licitación. La presentación fue realizada por la Cámara de Empresas de Transporte Automotor del Chaco (CETACh). En otro fallo, se rechazó el pedido para declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la ordenanza que aprobó los pliegos de licitación.

Un fallo de la justicia provincial hizo lugar a un planteo de la CETACh y de varias empresas de transporte locales y suspendió la ordenanza Nº 13.793 (del 17 de mayo pasado) a través de la cual el Concejo Municipal de Resistencia aprobó el llamado a licitación para la nueva concesión del sistema de transporte urbano de pasajeros bajo la modalidad ómnibus. En ese sentido, la medida judicial ordenó al Concejo que subsane la omisión de dar intervención a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia del Chaco en la conformación de la Comisión Permanente que elaboró los pliegos del llamado a licitación.

La medida judicial autosatisfativa fue dictada este jueves 30 de junio por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, día en que vence el contrato de la última concesión. La resolución también suspendió los efectos de la resolución de Intendencia que promulgó la ordenanza y llamó a la licitación que vencía el próximo 15 de julio.

Además, el fallo requirió a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia del Chaco que asuma intervención en la Comisión Permanente del Transporte Público de Pasajeros – Modalidad Ómnibus y dé cumplimiento con las previsiones estipuladas en el artículo 3º del Anexo II de la Ordenanza Nº 12092 del 27/12/16, respecto de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública autorizada por la Ordenanza Nº 13793 del 17/05/22.

En ese contexto, la sentencia también recomendó al Concejo Municipal de la Ciudad de Resistencia y a la Municipalidad de Resistencia “que garanticen la prestación eficiente del Servicio Urbano Integrado de Transporte Público de la Ciudad de Resistencia dando cumplimiento en el procedimiento de licitación a los fines del otorgamiento de la concesión a las normas constitucionales y legales a fin de evitar situaciones disvaliosas que puedan ocasionar perjuicio a los  usuarios o a la Administración”.

En su parte resolutiva, el fallo aclara que “lo expuesto no implica juzgar la oportunidad, mérito o conveniencia del llamado a licitación, que constituye el ejercicio de una facultad discrecional de la Administración encaminada a satisfacer las necesidades básicas de la población en condiciones adecuadas, equitativas, dignas y sustentables”.

Amparo inadmisible 

En otro fallo dictado este jueves, la misma Sala de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró inadmisible una acción de amparo de la CETACh que pedía se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la ordenanza que aprobó el llamado a licitación y la resolución municipal que la promulgó y también para resolver sobre el presunto quebrantamiento de la ecuación económica financiera del contrato de concesión.