Emergencia agropecuaria 2023: medidas de alivio fiscal para productores de la provincia

La emergencia implementada por decreto 76/2023 abarca a las actividades agrícola y ganadera por 180 días en todo el territorio chaqueño. Se suman a las herramientas desplegadas por el gobierno provincial que incluyen un paquete de $1.200 millones en asistencia directa, financiamiento especial y diferimientos impositivos, entre otras.

El gobierno provincial destacó este jueves las distintas medidas de alivio fiscal destinadas al sector productivo en el marco de la Emergencia Agropecuaria 2023 decretada como paliativo por la histórica sequía que afecta al Chaco y gran parte del país. Estos instrumentos se suman a las herramientas desplegadas por el gobernador Jorge Capitanich y que incluyen un paquete de $1.200 millones en asistencia directa, financiamiento especial y diferimientos impositivos, entre otras.

Este jueves el Ministerio de Producción, Industria y Empleo detalló que la Administración Tributaria Provincial (ATP) resolvió suspender por el término de 90 días el cobro del anticipo del Impuesto a los Ingresos Brutos que se liquida y recauda mediante el sistema de guías, en ocasión del traslado de ganado fuera de la Provincia.

No obstante, continúa vigente la obligación de confeccionar las guías de traslado, según formulario SI 2506. El plazo establecido para la suspensión temporal podrá ser prorrogado, de acuerdo a la evolución de las condiciones climáticas.

La emergencia fue implementada mediante el decreto 76/2023 y abarca a las actividades agrícola y ganadera por el término de 180 días en todo el territorio chaqueño. La medida -sugerida por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria- obedece al análisis de una serie de indicadores técnicos provistos por distintas áreas oficiales en términos de condiciones climáticas extremas registradas, con elevadas temperaturas y escasez de precipitaciones, déficit hídrico y su proyección a los próximos meses.

Una vez homologada esta disposición por parte de la Comisión Nacional, los productores deberán asistir a las delegaciones del Ministerio de Producción para realizar la correspondiente declaración jurada de daños a los fines de obtener el correspondiente certificado de emergencia, cuando sea aprobada la declaración jurada por parte de la subcomisión local.

 

 

Medidas de orden provincial

El gobierno provincial resolvió declarar el diferimiento del vencimiento de obligaciones impositivas correspondientes al impuesto a las ganancias, ganancia mínima presunta, bienes personales y fondo para educación y promoción cooperativa

Otra de las medidas tiene que ver con la suspensión del pago del anticipo de Impuesto a las Ganancias; en tanto que respecto al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, las obligaciones impositivas mensuales se reducirán en un 50% o en 75%, según se trate de emergencia agropecuaria o desastre, respectivamente.

Además, estos contribuyentes podrán solicitar la promediación de ingresos cuando en el mismo período se acumulen ingresos imputables a dos ciclos productivos anuales o por liquidar stocks por razones excepcionales

Además, fueron suspendidos de iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados

Habrá tratamiento impositivo especial en los casos de ventas forzosas de hacienda: podrá deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias hasta el 100% de los beneficios derivados de estas operaciones comerciales.

Cada uno de estos beneficios será reconocido únicamente para las actividades comprendidas en la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario.

Para acceder a esas ventajas, los contribuyentes deberán presentar una nota (Formulario 206 Multinota) ante la dependencia de Afip que tenga a su cargo el control de sus obligaciones fiscales, con carácter de declaración jurada, manifestando su condición de beneficiario y que la explotación afectada constituye su principal actividad.

Se entiende por principal actividad aquella que genera más del 50% de Ingresos Brutos del último ejercicio anual. La nota deberá estar acompañada por el correspondiente certificado de emergencia y/o desastre extendido por autoridad competente y documentación que acredite la calidad de titular, locatario o arrendatario del inmueble o inmuebles afectados.

También podrán realizar la solicitud en forma digital, a través del servicio denominado “Presentaciones Digitales” debiendo completar y enviar el formulario “Zona de Emergencia”.

Medidas financieras

Con respecto a las medidas financieras, el gobierno nacional procederá a la refinanciación de pasivos con las tasas promocionadas, respetando de esta manera las condiciones originales en que los créditos fueron otorgados como política de apoyo al sector, a través de líneas especiales del Banco de la Nación Argentina. Se mantendrá el subsidio de tasas para créditos nuevos a través del BNA con destino al sector agropecuario.

Además, se eliminará la sobretasa establecida por resolución del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para créditos de productores que liquidaron stocks al dólar soja, a los efectos de que puedan acceder a financiación en condiciones favorables.

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