En el texto, la central explica que los jueces justificaron su decisión al señalar que “el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral”, pero que en ningún momento explica cómo esos cambios “podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores”.
“Destaca que las modificaciones introducidas regresivamente afectan la interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc”, dice el comunicado.
Con la decisión de la Justicia, la reforma laboral queda frenada hasta que se resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23, como pidió la CGT.
Apelación
El Gobierno nacional apelará la medida cautelar que impuso la Cámara del Trabajo y que suspende la reforma laboral contenida en el DNU 70/23 de Javier Milei. La elaboración de la presentación está a cargo de la Procuración del Tesoro, cuyo titular es Rodolfo Barra.
El Ejecutivo pedirá que el tema sea tratado por el fuero Contencioso y Administrativo.
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