La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó los procesamientos con prisión preventiva de tres imputados por integrar una organización narco criminal con inserción en barrios de la ciudad de Resistencia, que habría operado con ramificaciones en Salta, Corrientes y otras provincias del país. Entre los miembros de la banda se incluye Erwin Andrés “El Chileno” Díaz Sánchez, de frondoso prontuario.

La Cámara Federal de Resistencia rechazó este miércoles los recursos de apelación presentados por las defensas de José Heraldo “Patrón” Romero, Rocío Marisel Martínez y Erwin Andrés “El Chileno” Díaz Sánchez, y confirmó el auto de procesamiento con prisión preventiva dictado por la jueza de primera instancia en diciembre de 2025.

Según la resolución, los tres imputados son señalados como integrantes de una organización narco criminal con inserción en barrios de Resistencia, que habría operado con ramificaciones en Salta, Corrientes, Neuquén y Río Negro. La resolución fue firmada por los jueces Patricia García, Rocío Alcalá y Enrique Bosch.

La investigación se inició en septiembre de 2022 a partir de tareas de inteligencia de la Gendarmería Nacional. Las maniobras habrían tenido origen en la provincia de Salta, con destino final en Chaco y Corrientes, y su base operativa se ubicaría en el domicilio de calle Falucho 981 de esta ciudad, residencia de Romero y Martínez.

Falucho Editada

José Heraldo Romero, conocido como “Portal” y “Patrón”, es señalado como el líder y principal organizador de la banda. La Cámara avaló la valoración de la jueza, quien basó su conclusión en escuchas telefónicas, análisis de redes sociales e informes de Gendarmería. Un elemento central de la imputación proviene de otra causa en la que un cabo primero de Gendarmería fue detenido transportando 137 kilogramos de marihuana.

El análisis de las comunicaciones de ese efectivo reveló que Romero, agendado como “PATRON SI”, coordinaba la logística de las operaciones desde su teléfono. La coincidencia entre el número de abonado utilizado entonces y el que Romero emplea actualmente, verificada a través de registros de la empresa Claro y el IMEI del equipo, reforzó esa vinculación. En el teléfono de otro detenido de apellido Sagardoy se halló además un contacto identificado como “PATRON” con la misma foto de perfil de WhatsApp, lo que el tribunal consideró consistente con el rol directivo del imputado.

Rocío Marisel Martínez, pareja de Romero, es imputada como coautora del delito de tráfico de estupefacientes y lavado de activos. La acusación señala que era titular registral de inmuebles y vehículos utilizados por la organización, y administradora del local comercial “Brujas”, a través del cual se habría intentado dar apariencia lícita a ingresos de origen ilícito. Un dato que la Cámara consideró significativo es que Martínez había contratado servicios de internet en la propiedad de calle Río de Oro 2755, donde en el marco de otra causa se secuestraron casi 90 kilogramos de marihuana, vinculando así ambas investigaciones.

El escurridizo “Chileno”

El tercer procesado, Erwin Andrés Díaz Sánchez, apodado “El Chileno”, llega a esta causa con un largo historial judicial que lo convierte en uno de los narcos más prolíficos y esquivos de la región. Con su último domicilio registrado en Vista Alegre Sur, Neuquén, el imputado había logrado cumplir una medida cautelar en un domicilio de la capital chaqueña, Resistencia, lo que lo situó geográficamente en el epicentro de la organización investigada en esta causa.

Su trayectoria criminal acumula condenas en distintos puntos del país. En agosto de 2024, el Tribunal Oral Federal de Neuquén lo condenó a cinco años y tres meses de prisión efectiva por narcotráfico —vinculado al ingreso de cocaína de alta pureza con el sello del “delfín”, marca registrada de Delfín Reynaldo Castedo Aguilera, condenado en Salta a 16 años de cárcel—, y previamente había recibido una condena de dos años en suspenso en Cipolletti. Lejos de alejarse del delito, en enero de 2025 su nombre volvió a generar repercusión porque lo detuvieron en el festival de Jesús María con un arma de fuego, aunque logró una rápida excarcelación.

El Chileno Jesus Maria

El patrón que define la trayectoria de Díaz Sánchez no es solo la reincidencia, sino la habilidad para convertir cada condena en un beneficio procesal. Sus abogados defensores presentaban extensos informes médicos sobre supuestas dolencias y tratamientos para obtener la prisión domiciliaria, estrategia que funcionó durante años.

El 11 de febrero de 2025 se aceptó el beneficio que le permitió cumplir arresto domiciliario en Resistencia, precisamente mientras se lo estaba investigando en la causa federal chaqueña. Sin embargo, en el cierre de 2025, la fiscalía federal neuquina tomó conocimiento de la apertura de la causa en su contra en Resistencia: el procedimiento del 10 de noviembre de 2025 arrojó el secuestro de armas de fuego, municiones, 14 millones de pesos en efectivo y vehículos. Ante esa acumulación de evidencias, el Tribunal Oral Federal de Neuquén revocó la prisión domiciliaria y ordenó su traslado al complejo penitenciario de Senillosa o al penal federal de General Roca.

Su nombre también trascendió al mundo del espectáculo. Cuando el trapero L-Gante llegó a Neuquén en noviembre de 2021, Díaz Sánchez lo recibió en un Chevrolet Camaro rojo sin patente que pasó a buscarlo por el aeropuerto, filmando el momento sin que el cantante aparentara conocer el historial de su anfitrión.

En la causa chaqueña, Díaz Sánchez es sindicado como el principal proveedor y gestor de vehículos del grupo liderado por Romero. La Cámara descartó el argumento de la defensa, que señalaba que su representado se dedicaba legalmente a la venta de autos usados desde 2018, al valorar informes que documentan la disociación entre la titularidad formal y el uso efectivo de los rodados. Miembros del entorno de Romero circulaban en vehículos registrados a nombre de Díaz Sánchez, entre ellos una Toyota Hilux y una RAM 1500, mientras que un Chevrolet Camaro Six SS descapotable ofrecido a la venta en redes sociales por un coimputado fue posteriormente secuestrado en poder del propio Díaz Sánchez durante un allanamiento.

La Cámara también rechazó el pedido de prisión domiciliaria de Romero, quien argumentó que su detención afectaba el cuidado de sus dos hijos menores de edad. El tribunal sostuvo que los niños no se encuentran en situación de desamparo, dado que Martínez cumple arresto domiciliario para asistirlos, y que otros familiares —hijos mayores en libertad, la madre de Martínez y una hermana— colaboran con su cuidado. La Fiscalía indicó, no obstante, que podría flexibilizarse la detención domiciliaria de Martínez para permitirle salidas laborales.

En su resolución, la Cámara subrayó que en investigaciones de esta naturaleza la prueba indiciaria es la herramienta principal, dada la complejidad de las maniobras y la imposibilidad habitual de contar con prueba directa, y concluyó que el conjunto de elementos reunidos satisface el estándar de probabilidad positiva exigido por el Código Procesal Penal para el dictado del procesamiento.

Revista Litigio-Periodismo Judicial

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