Lo confirmó a través del Decreto 253/2026, publicado en el Boletín Oficial. Establece un esquema de delegación temporal, aunque los caminos seguirán bajo control nacional. La medida habilita a las jurisdicciones a administrar, reparar y mantener tramos viales federales mediante concesiones de obra pública.
El Gobierno nacional habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de Rutas Nacionales emplazados en sus respectivos territorios mediante el sistema de obra pública por peaje, manteniendo el Estado nacional la titularidad del dominio y la jurisdicción federal sobre esos caminos.
La decisión quedó establecida por intermedio del Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
El artículo 1 del texto oficial establece que las provincias alcanzadas por la flamante normativa son Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz.
El documento aclara que la delegación tendrá carácter “funcional, limitado, temporal y revocable” y que “no implica la cesión del dominio público ni la transferencia de la jurisdicción federal sobre los tramos viales involucrados, los que permanecerán bajo exclusiva titularidad del Estado Nacional”.
Según los considerandos, varias jurisdicciones provinciales solicitaron al Estado nacional contar con herramientas para gestionar rutas que atraviesan sus territorios, con el objetivo de asumir “la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento” de esos tramos, en el marco del “fortalecimiento del régimen federal”.
El decreto, en efecto, se apoya en la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras y servicios públicos, y en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional. También referencia la Ley 27.742, que impulsa la reorganización administrativa del Estado y una mayor descentralización de funciones.
Para hacer efectiva la delegación, el artículo 2 dispone que las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad, donde se individualicen los tramos a concesionar, el plazo de delegación, el régimen de supervisión y auditoría, y “la obligación de mantener indemne al Estado nacional frente a reclamos derivados de la concesión”.
Esos acuerdos deberán ser aprobados por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, y las concesiones resultantes no podrán exceder los 30 años de duración.
El decreto también establece que los fondos obtenidos por la explotación de los peajes “no podrán ser afectados a la construcción o conservación de otros tramos u otras obras” ajenas a la concesión otorgada, y que los tramos delegados “no podrán ser licitados conjuntamente en un mismo corredor vial” con rutas de otras jurisdicciones.
En caso de que las provincias no convoquen la licitación dentro del plazo de un año desde la aprobación del convenio, la delegación quedará sin efecto. Asimismo, si el contrato de concesión se extingue por cualquier causa, el Estado nacional retomará la gestión del tramo correspondiente.
El decreto invita también a las jurisdicciones no incluidas en esta norma a solicitar su incorporación ante el Ministerio del Interior.
Clarín
