Roberto Sotelo, comisionado del Comité contra la Tortura del Chaco, señaló que la entrada en vigencia de la Ley 27.801 amplió el universo de adolescentes alcanzados por el sistema penal y advirtió que el desafío estará en garantizar un abordaje especializado sin trasladar al fuero juvenil los problemas de hacinamiento que ya existen en el sistema penitenciario de adultos.
La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil abrió en el Chaco una nueva etapa para el tratamiento judicial de los delitos cometidos por adolescentes de entre 14 y 18 años. La Ley 27.801 comenzó a regir el 5 de septiembre y establece un régimen aplicable desde los 14 años.
En declaraciones a CIUDAD TV, el comisionado del Comité contra la Tortura del Chaco, Roberto Sotelo, planteó que la discusión no pasa solamente por la incorporación de personas más jóvenes al sistema penal, sino también por las condiciones concretas en las que la provincia deberá aplicar la nueva normativa.
Sotelo remarcó que uno de los principios centrales del régimen es la especialización. La propia Ley 27.801 establece, en su artículo 38, que los procesos penales, el control de las medidas y la ejecución de las sanciones deben estar a cargo de jueces, fiscales, defensores y organismos con capacitación específica en materia penal juvenil. También dispone que los agentes de los institutos especializados deben contar con formación para trabajar con adolescentes y no intervenir en el tratamiento de personas adultas privadas de la libertad.
“Debemos tener en cuenta diversos criterios normativos y convencionales”, sostuvo Sotelo, al mencionar como marco la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de Beijing, las Directrices de Riad y distintos estándares internacionales vinculados con la justicia penal juvenil.
En ese punto, destacó el funcionamiento en la provincia de la Ley 2951-N, que regula el proceso penal aplicable a adolescentes. El Digesto Legislativo chaqueño establece que esa norma regula el proceso penal para adolescentes y, entre otras disposiciones, contempla mecanismos específicos como la mediación penal juvenil.
Para Sotelo, esa legislación procesal constituye una herramienta que permite sostener el principio de especialidad que exige el nuevo régimen nacional. “Chaco, con esta ley vigente, tiene un proceso penal aplicable a adolescentes que es una ley de vanguardia”, afirmó, aunque aclaró que la implementación de la nueva legislación nacional plantea interrogantes especialmente alrededor de las medidas de privación de libertad.
La Ley 27.801 establece que la privación de libertad no es la única respuesta posible frente a una condena. El régimen contempla medidas y penas alternativas y, dentro de las penas privativas de libertad, establece distintas modalidades, entre ellas el cumplimiento en domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención.
La norma también dispone que los adolescentes privados de libertad deben ser alojados en establecimientos adecuados, con personal capacitado y bajo criterios que contemplen, entre otros aspectos, la edad de los alojados, sus características personales, condiciones de salud y la naturaleza cautelar o punitiva de la privación de libertad. Además, prohíbe el contacto entre adolescentes y personas adultas detenidas.
Ese es precisamente uno de los puntos que preocupa al Comité contra la Tortura. Sotelo señaló que actualmente el Centro Socioeducativo Aldea Tres Horquetas funciona como lugar de alojamiento preventivo y cuenta con un equipo interdisciplinario integrado por operadores convivenciales, trabajadores sociales y psicólogos.
Sin embargo, explicó que Tres Horquetas está pensado fundamentalmente para adolescentes sometidos a un proceso y que todavía no se produjo una condena bajo el nuevo régimen nacional. Por eso, sostuvo que el eventual alojamiento de adolescentes condenados deberá realizarse en un ámbito diferenciado y con un tratamiento específico respecto del que reciben las personas adultas privadas de libertad.
“La detención se debe orientar a la educación, formación, resocialización y reinserción social del adolescente”, establece, en esa misma línea, la Ley 27.801. La normativa también exige asistencia médica y psicológica especializada y contempla actividades educativas, laborales, deportivas y culturales durante el período de privación de libertad.
El riesgo de que el sistema quede chico
El problema, según Sotelo, aparece cuando se analiza qué capacidad concreta tiene la provincia para absorber un eventual incremento de adolescentes privados de libertad.
El comisionado recordó que las estadísticas que maneja el sistema suelen ubicar entre 10 y 18 adolescentes alojados en el Centro Socioeducativo Aldea Tres Horquetas. A partir de esos números, sostuvo que no existiría actualmente un escenario de alta ocupación permanente, pero advirtió que la situación podría modificarse si aumentara de manera significativa la cantidad de detenciones.
La advertencia coincide con la que días atrás realizó el procurador general Jorge Canteros. El funcionario señaló que el establecimiento destinado a adolescentes en Presidencia Roque Sáenz Peña cuenta con 26 plazas y sostuvo que, ante una aplicación rígida de la nueva legislación, esa capacidad podría completarse rápidamente. Canteros también remarcó que la privación de libertad debe ser utilizada como último recurso y mencionó la existencia de medidas alternativas, mediación y otras herramientas previstas por el régimen.
Sotelo planteó que el problema debe analizarse además en el contexto general del sistema penitenciario chaqueño. “Ya los adultos están en una situación de hacinamiento”, señaló, y advirtió que un incremento sostenido de adolescentes privados de libertad podría trasladar esa problemática al sistema juvenil.
A esto sumó otra cuestión: la necesidad de contar con espacios suficientes para mujeres y, fundamentalmente, de garantizar que adolescentes de distintas edades no sean alojados indiscriminadamente en un mismo lugar.
“Una de las principales cuestiones que obviamente vamos a monitorear desde el Comité” será, según explicó, la separación por edades, junto con los criterios de intervención y el abordaje interdisciplinario.
La detención como última instancia
Sotelo también explicó cuáles son las alternativas antes de llegar a una privación de libertad. En el régimen chaqueño, recordó, los adolescentes no pueden permanecer más de 12 horas alojados en una comisaría y deben permanecer separados de las personas adultas. Durante ese período deben intervenir los organismos judiciales correspondientes, la defensa, el Ministerio Público y la asesoría de niños, niñas y adolescentes. La legislación provincial establece además mecanismos específicos para la intervención de los progenitores o referentes responsables. La prohibición del alojamiento prolongado en comisarías fue también remarcada recientemente por la jueza de Niñez, Adolescencia y Familia Vilma Almirón al explicar la aplicación de la nueva normativa nacional en la provincia.
Para los casos graves en los que corresponda una medida de alojamiento preventivo, Sotelo señaló que actualmente el destino es el Centro Socioeducativo Aldea Tres Horquetas, por un plazo de tres meses prorrogable por otro período similar, según las reglas del sistema provincial.
Pero el escenario cambia cuando existe una condena. Allí entra en discusión la infraestructura específica que deberá utilizarse para cumplir las sanciones privativas de libertad bajo el nuevo régimen.
“La necesidad de poder realizar la separación por edades, los criterios de intervención y la necesidad de un abordaje interdisciplinario” serán, según Sotelo, aspectos centrales para el monitoreo que realizará el Comité contra la Tortura.
El caso de los jueces y el pedido de juicio político
Durante la entrevista también fue consultado por los pedidos de juicio político impulsados contra magistradas que dictaron resoluciones vinculadas con la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil.
En particular, Sotelo coincidió con la postura de una de las juezas que sostuvo que, cuando existe desacuerdo con una decisión jurisdiccional, la vía correspondiente es la apelación y no el juicio político.
“Todos los fallos son revisables, todas las conductas pueden reverse, pueden analizarse desde otra perspectiva”, sostuvo el comisionado. En ese sentido, consideró que las herramientas disciplinarias y políticas deberían reservarse para situaciones de mayor gravedad y no utilizarse como mecanismo para cuestionar el contenido de una decisión judicial.
El debate judicial alrededor de la Ley 27.801 se produce mientras el nuevo régimen comienza a aplicarse en las jurisdicciones provinciales. La propia ley nacional invita a las provincias a adecuar sus normas procesales y administrativas a sus principios, derechos y garantías.
Para Sotelo, el desafío inmediato del Chaco será sostener el esquema de especialidad que ya contempla su legislación provincial y evitar que una eventual expansión del número de adolescentes privados de libertad termine desbordando una infraestructura que, según reconoció, actualmente es limitada.
“Si esto escala a mayores cantidades de detenciones”, advirtió, “las tendencias podrían dispararse en forma negativa” y repercutir sobre una problemática que la provincia ya enfrenta en el sistema destinado a las personas adultas privadas de libertad.
