Al analizar los comprobantes emitidos por la empresa que albergó y por la que facilitó el vuelo de los imputados, la AFIP “detectó una fecha de emisión inserta en los mismos, la cual no coincide con la detallada en el sistema como fecha de autorización de los comprobantes, es decir, fecha en la que se genera sistémicamente, siendo en todos los casos posterior”, se sostuvo en la presentación.“A partir de esas verificaciones, y teniendo en cuenta las inconsistencias observadas, resulta atendible considerar con cierto grado de probabilidad, que las facturas emitidas podrían resultar apócrifas y/o ideológicamente falsas, emitidas con fines espurios o al solo efecto de encubrir los ilícitos investigados u otros que resulten conexos”, señaló la AFIP en su escrito.Para los abogados del ente recaudador, resulta “de interés conducir la investigación penal desde la perspectiva tributaria” por lo que la AFIP “resulta idónea para acompañar al Ministerio Público Fiscal en la acusación”.
Cuando impulsó la investigación desde Bariloche, la primera fiscal del caso María Cándida Etchepare, marcó posibles inconsistencias vinculadas con las facturas incorporadas al expediente, aunque no fueran exactamente las mismas que detectaría luego la AFIP.
“Los documentos (vinculados al supuesto pago del hospedaje por parte de los viajeros) evidencian una clara discordancia con el momento en que se habrían alojado en el establecimiento, ya que el servicio se brindó los días 13, 14 y 15 de octubre, mientras que los comprobantes datan del día 28″, sostuvo la fiscal.
Sobre el pago del vuelo, realizado en un avión privado de la compañía Flyzar, la fiscal en su momento señaló: “Llama la atención que en todos los casos los pagos figuran como efectuados en la modalidad ´contado´ y que el pago se realizara el mismo día del vuelo”.