El texto establece que el período de transición se inicia el día de proclamación de la fórmula presidencial ganadora por la Asamblea Legislativa y finaliza el día de la asunción presidencial del nuevo mandatario.

En ese período, el jefe de Gabinete del gobierno saliente deberá convocar al presidente en ejercicio y al electo electo a las reuniones que ambas partes crean necesarias para facilitar la transición.

Asimismo, el proyecto indica que el ministro coordinador deberá entregar al presidente electo un anteproyecto de memoria del Estado, que deberá contener toda la información necesaria para comenzar la nueva gestión.

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