Causa Lavado I: confirmaron la prórroga de prisión preventiva de Horacio Rey

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa del exsecretario general de Gobierno del Chaco en la causa en la que se encuentra procesado por lavado de activos y cuyo juicio oral está previsto para agosto. El 28 de marzo cumplió tres años de detención, aunque actualmente se encuentra con prisión domiciliaria.

Con los votos de los jueces Mariano Borinsky, Angela Ledesma y Javier Carbajo, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Horacio Rey y dejó firme la prórroga de la prisión preventiva del exsecretario general de Gobierno de Domingo Peppo por un plazo de seis meses, contados a partir del 28 de marzo de 2021. Vale recordar que, la semana anterior, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia fijó la fecha del 4 de agosto para el inicio del juicio oral y público de la causa en la que Rey está sindicado como supuesto jefe de una banda dedicada al lavado de dinero originado en actos de corrupción con fondos públicos de la pauta publicitaria oficial.

Rey se encuentra detenido desde el 28 de marzo de 2018 y actualmente se encuentra con prisión domiciliaria a la espera del juicio oral y público. Además, el exfuncionario fue condenado a ocho años de prisión por la justicia provincial al ser considerado culpable de encabezar una asociación ilícita para cometer actos de corrupción con el desvío de los fondos públicos de la pauta publicitaria oficial, delito precedente al de lavado de dinero.

En su recurso de casación, la defensa de Rey consideró que la resolución de la Cámara Federal de Resistencia era “arbitraria” y sostuvieron que los magistrados “(…) no precisaron circunstancias específicas que demuestren plenamente la existencia de peligro procesal y señalaron que el riesgo de entorpecimiento de la investigación es de imposible realización, por la simple y sencilla razón que la causa ya está en juicio, lo que implica que la tarea de investigación preparatoria ha concluido y no se puede ver afectada”.

Recientemente, la misma Sala IV había homologado la prórroga de la preventiva de Rey confirmada por la Cámara Federal de Resistencia al evaluar que “…subsisten las circunstancias ponderadas y señaladas por la Cámara Federal de Apelaciones, al resolver la prórroga de las prisiones preventivas de los nombrados, como factores indicativos para evaluar que los procesados intenten eludir el accionar de la justicia, como también la posibilidad de que realicen actos que afecten el resultado del proceso”.

En ese contexto, en su resolución del 27 de mayo último, señalaron que la defensa de Rey “no ha logrado demostrar que la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Héctor Horacio Rey resulte infundada”. Así, el juez de primer voto, Mariano Borinsky, sostuvo que “las discrepancias valorativas expuestas por el impugnante, más allá de evidenciar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad, en los graves defectos del pronunciamiento, o en alguna cuestión federal”.