“En primer lugar, debo decir que en la investigación no se podrá hurgar en las la fuentes de algún periodista, merezca el concepto que merezca por parte de quien lo analice, ello por mandato constitucional y sin perjuicio de que alguno quiera voluntariamente, en ese sentido, aportar datos que considere puedan servir al descubrimiento de la verdad”, enfatizó.

”Esto incluye la inviolabilidad del domicilio, salvo orden fundada de juez competente, no obstante lo cual, no empece al análisis de las conductas ya efectuadas”, sostuvo el fiscal.

La aclaración realizada por el fiscal surge como respuesta a un pedido realizado por el abogado del Ministerio de Seguridad Nacional, Fernando Soto, quien pretendía que se allanara el canal de streaming -Carnaval- que publicó audios atribuidos a Diego Spagnuolo y la hermana del Presidente. También pidió que se requisaran los domicilios de los periodistas que participaron de esas transmisiones y de empresarios que estarían vinculados a la composición accionaria del medio periodístico.

El fiscal infiere que las grabaciones habrían afectado no solo a funcionarios federales de alto rango, sino que también se habrían realizado en lugares bajo jurisdicción exclusiva del gobierno nacional, lo que justifica la competencia del juzgado federal para intervenir en la causa.

Además presume la ilegitimidad de los audios difundidos, que habrían sido puestos a disposición de la opinión pública de manera dolosa y clandestina, lo que refuerza la hipótesis de una operación de inteligencia ilegal.

Tras la difusión de los audios del ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, sobre presuntas coimas que involucran a la primera plana del Ejecutivo, el Gobierno denunció ante la Justicia un operativo de inteligencia ilegal “con el fin de desestabilizar el país en plena campaña electoral”. Además, logró una cautelar del Poder Judicial para evitar que se reproduzcan las filtraciones que salpican a la secretaria de Presidencial, Karina Milei, y su asesor Eduardo “Lule” Menem.

Ámbito/Infobae

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