La Cámara Federal de Resistencia rechazó la excarcelación de Nicolás Clinis Canal y confirmó que continúe detenido en la causa conocida como “Exen Gym”. El tribunal consideró que aún existe riesgo de entorpecimiento por la prueba informática pendiente y los elementos que deben analizarse, algunos en el exterior del país. El tribunal reconoció que, de otorgarse la prisión domiciliaria, tal cual lo solicitó de manera subsidiaria su defensa, Clinis Canal podría llegar a contactarse con personas que eventualmente estarían involucradas en el expediente.

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia rechazó este martes el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Nicolás Clinis Canal, uno de los imputados en la causa que investiga a la estructura vinculada con los gimnasios Exen Gym por presunto lavado de activos. El tribunal consideró que, aunque el peligro de fuga puede ser neutralizado mediante otras medidas, todavía existe un riesgo concreto de entorpecimiento de la investigación debido a la prueba pendiente de producir y analizar.

La decisión fue adoptada por mayoría por la Cámara Federal de Resistencia, integrada en esta audiencia por las juezas Patricia Beatriz García y María Virginia Ise. La defensa había solicitado que se revoque la decisión de la jueza de primera instancia, Zunilda Niremperger, que rechazó la excarcelación de Clinis Canal y, subsidiariamente, que se le conceda el arresto domiciliario. El Ministerio Público Fiscal, representado por Adrián Nicolás Araujo, pidió que se confirme la resolución.

La audiencia se realizó este martes 15 de septiembre de manera remota y bajo las reglas del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación. Tras un cuarto intermedio, el tribunal expuso los fundamentos de su decisión y finalmente resolvió no hacer lugar al recurso de apelación y confirmar la resolución de la jueza de primera instancia.

El peligro de fuga puede ser neutralizado

Uno de los puntos destacados de la resolución es que la Cámara no consideró acreditado, en este momento del proceso, un peligro de fuga que por sí solo justifique mantener la prisión preventiva.

Las juezas analizaron especialmente la situación de Clinis Canal, quien tiene residencia en Paraguay, pero ofreció un domicilio que permitió considerar subsanada esa circunstancia en relación con el arraigo. La Cámara también sostuvo que afirmar que existe peligro de fuga implicaría asumir que los mecanismos con los que cuenta el Estado para neutralizarlo no funcionan.

En ese sentido, el tribunal señaló que eventualmente podrían utilizarse medidas menos gravosas, como una tobillera electrónica o restricciones de contacto, previstas en el artículo 210 del Código Procesal Penal Federal. Pero esa conclusión no fue suficiente para disponer la libertad.

La investigación todavía tiene prueba pendiente

La principal razón para mantener la prisión preventiva fue el riesgo de entorpecimiento de la investigación. La Cámara consideró que el proceso se encuentra todavía en una etapa prematura y que existen elementos de prueba que aún deben ser analizados. Entre ellos, mencionó información obtenida recientemente y otros elementos que se encuentran en el extranjero, circunstancias que, según el tribunal, dan cuenta de la complejidad de la investigación.

En particular, las juezas pusieron el foco en la prueba informática que todavía debe producirse. Según señalaron, de ese material podrían surgir datos sobre terceras personas potencialmente vinculadas con la investigación, incluso algunas cuya participación todavía no habría sido identificada.

“Se consideró que el arresto domiciliario no puede asegurar que el imputado no se comunique con determinadas personas aun ignoradas, siendo que existe prueba pendiente de producirse, como ser los elementos informáticos, de lo cual podrían surgir derivaciones aun no identificadas”, señalaron las juezas.

“Por último, se consideró que estando pendiente de producción prueba informática, de la cual podría surgir algún dato de terceras personas potencialmente vinculadas a la presente investigación, el peligro de entorpecimiento se encuentra latente hasta el momento, por lo que corresponde confirmar la denegatoria de la excarcelación oportunamente solicitada”, remarcaron.

Otro de los elementos destacados en la audiencia fue la referencia a la existencia de una estructura compuesta por una red de empresas vinculadas. El tribunal consideró que, desde esa perspectiva, hacer cesar la medida cautelar en este momento no resultaría prudente, debido a la posibilidad de que se produzca un entorpecimiento de la investigación.

La decisión se produce pocos días después de que la jueza federal de Resistencia dictara el procesamiento con prisión preventiva de cinco imputados en la causa y ordenara embargos por más de $26 mil millones, en una investigación por presunto lavado de activos.

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