La resolución deja sin efecto la medida cautelar dictada el 18 de marzo pasado por el Juzgado Civil y Comercial N° 6, así como las sanciones económicas establecidas por el mismo magistrado, que ascendían a $85.900.000 diarios.

En su fallo, las juezas Eloisa Araceli Barreto y Wilma Sara Martínez destacaron que “no escapa al conocimiento de las suscriptas la compleja y grave situación que menciona la Defensora General Adjunta en su escrito postulatorio, tal circunstancia tampoco es desconocida por los órganos jurisdiccionales que han tenido intervención por casi dieciocho años en la tramitación del Expte. Nº 454/07, pero tampoco verificamos en qué medida el dictado de la cautelar pretendida vendría a subsanar una situación de carencia estructural que es abordada y se encuentra en ejecución mediante el acuerdo celebrado entre el Estado provincial y el IDACH”.

De esta manera, las magistradas indicaron que ahora “las partes deberán arbitrar medidas tendientes a que el cumplimiento de las sentencias firmes se efectivicen en el marco de un progresivo y detallado plan de acción que identifique las necesidades más urgentes y establezca medidas positivas a corto, mediano y largo plazo”.

En relación con la revocación de las sanciones económicas, las magistradas señalaron que “careciendo de fundamento para mantener la aplicación de sanciones conminatorias, por lógica consecuencia, las mismas deben ser dejadas sin efecto”.

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