La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a una medida cautelar y ordenó que el Estado Nacional le entregue a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos definida en el artículo 2° de la ley 23.548, que le fuera reducida por ley 27.606.
Por otro lado, la Corte adelantó criterio respecto al reclamo de las provincias de que la devolución del porcentaje de coparticipación a la Ciudad afectaría las arcas provinciales:
“Corresponde reiterar que la participación aquí discutida de la Ciudad de Buenos Aires en la masa total de recaudación a distribuir no afecta la coparticipación de las provincias. En efecto, sea cual fuere el resultado de este pleito los recursos coparticipados de las provincias no se verán afectados, pues la cuota correspondiente a la Ciudad de Buenos Aires se detrae únicamente de los fondos que le corresponden precisamente a la Nación en la distribución primaria”, consignó el fallo de la Corte que lleva la firma de sus cuatro integrantes, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.
