La empresa Secheep advirtió a la comunidad sobre la circulación de intentos de estafas en nombre de la empresa, mediante llamados telefónicos, mensajes de texto y comunicaciones por redes sociales, en los que delincuentes intentan obtener datos personales o dinero de los usuarios. Desde la empresa provincial remarcaron que Secheep NO realiza este tipo de gestiones y pidieron a la población extremar precauciones para evitar caer en engaños. En ese sentido, recordaron que la empresa no ofrece descuentos a través de llamados o mensajes, no se comunica con los usuarios para solicitar datos personales y tampoco gestiona ni realiza inscripciones al subsidio nacional de energía. Asimismo, indicaron que ante cualquier comunicación sospechosa, los usuarios deben cortar inmediatamente el contacto y realizar la denuncia correspondiente llamando al 911. Desde Secheep señalaron que este tipo de maniobras fraudulentas suele intensificarse en contextos donde se anuncian beneficios o programas vinculados al servicio eléctrico, por lo que solicitaron a la comunidad informarse únicamente a través de los canales oficiales de la empresa. Además, recomendaron no brindar datos personales, números de cuenta, claves bancarias ni información sensible a terceros, y verificar siempre cualquier gestión relacionada con el servicio eléctrico a través de las oficinas comerciales o los medios institucionales habilitados. Finalmente, reiteraron que la colaboración de la comunidad es fundamental para prevenir este tipo de delitos y contribuir a la seguridad de todos los usuarios del servicio.
Autor: Redacción General
La Subsecretaría de Desarrollo Territorial de la Provincia del Chaco, a cargo de Alicia Ogara, informó que intimó formalmente al intendente de la Municipalidad de Barranqueras a realizar una retractación pública, en conjunto con el Director de Protección Civil municipal, por manifestaciones consideradas falsas y sin sustento difundidas a través de redes sociales oficiales del Municipio. Según se indicó desde el organismo provincial, las publicaciones atribuyeron al Eco Equipo- dependiente de la Subsecretaría- una supuesta intervención en un incendio ocurrido en la ciudad de Barranqueras, además de responsabilizarlo por hechos que, aseguraron, nunca existieron. En ese sentido, aclararon que el equipo provincial no participó ni actuó en el episodio mencionado. Desde la Subsecretaría señalaron que resulta grave la utilización de canales oficiales municipales para difundir información errónea que atribuye responsabilidades inexistentes a organismos provinciales, situación que -advirtieron- afecta el honor, el prestigio y la imagen institucional. Ante este escenario, se notificó formalmente al Ejecutivo municipal otorgándole un plazo perentorio, improrrogable e impostergable de 24 horas para efectuar una retractación pública, clara y expresa, por los mismos medios en los que se difundieron las publicaciones cuestionadas. Asimismo, desde el área provincial informaron que, en caso de no cumplirse con la intimación, se dará intervención inmediata a la Fiscalía de Estado de la Provincia del Chaco, para que actúe conforme a sus competencias, sin perjuicio de otras acciones administrativas o legales que pudieran corresponder. Finalmente, la Subsecretaría de Desarrollo Territorial ratificó su compromiso con la verdad, la legalidad y el respeto institucional, y rechazó cualquier intento de desinformación que pueda afectar el normal funcionamiento de los organismos del Estado.
El dinero, junto con otros 2.000 euros, fueron retirados de su domicilio a raíz de la investigación por sobreprecios en el organismo. La defensa del ex funcionario apeló la decisión. El juez federal Sebastián Casanello rechazó la solicitud de devolución de 80.000 dólares y 2.000 euros incautados al ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Spagnuolo, quien enfrenta una investigación por presunta corrupción en el organismo. La defensa apeló la decisión ante la Cámara Federal, que deberá pronunciarse sobre el planteo. La resolución de Casanello se produjo luego de que la defensa de Spagnuolo argumentara que la incautación carecía de sustento, dado que el dinero permanecía en una caja de seguridad sin movimientos desde abril de 2023, antes de la asunción del ex funcionario designado por el presidente Javier Milei. En su dictamen, el fiscal Franco Picardi se opuso a la restitución y señaló que “existen múltiples razones por las cuales la fiscalía entiende que, por el momento, corresponde rechazar las solicitudes formuladas por Diego Orlando Spagnuolo. Entre ellas, se destacan el estado de la investigación, su complejidad, así como la de la red criminal investigada y las posibles penas pecuniarias y costas que podrían ser aplicables en el caso. Estas circunstancias, en conjunto, impiden hacer lugar a lo solicitado en esta etapa del proceso”. El juez Casanello, por su parte, fundamentó su decisión al señalar que “el dinero secuestrado podría ser instrumento o producto del delito que se investiga en autos, resultando necesario para garantizar eventuales reparaciones económicas, penas pecuniarias y decomisos”, según consta en el fallo. La defensa apeló el rechazo y el juez Casanello concedió el recurso ante la Cámara Federal que ahora debe resolver sobre el planteo. La difusión de los audios La causa se originó tras la difusión de audios atribuidos a Spagnuolo, en los que reconocía la compra de medicamentos con sobreprecios y el pago de sobornos a otras instancias estatales. Estos registros, difundidos en el streaming Carnaval, fueron denunciados por la defensa como falsos y presuntamente fabricados mediante inteligencia artificial. Por este motivo, la Cámara Federal ordenó una pericia técnica para determinar su autenticidad. En el expediente figuran dieciséis acusados, todos indagados por integrar una presunta organización ilícita dedicada a direccionar la compra de medicamentos de alto costo para personas con discapacidad y beneficiarios de planes sociales. La hipótesis fiscal señala que las maniobras contaron con la colaboración de varias droguerías y manipulación del sistema informático de la Andis. Durante una audiencia realizada en diciembre, la defensa de Spagnuolo solicitó el cierre de la causa y su sobreseimiento, apoyándose en un peritaje particular que arrojó 65% de probabilidades de intervención con inteligencia artificial en los audios. Asimismo, la representación legal de la droguería Suizo Argentina pidió la nulidad de los registros sonoros, aunque estas solicitudes no prosperaron en la justicia. Un fallo de la Cámara Federal del 4 de diciembre resolvió, con mayoría de los jueces Martín Irurzun y Roberto Boico, que existe “incertidumbre” sobre la autenticidad de los audios y dispuso que el juez Casanello adopte todas las medidas necesarias para esclarecer el caso. El camarista Eduardo Farah, en minoría, votó por continuar la investigación sin anular la causa, al considerar que las objeciones sobre posibles ediciones eran conjeturas de la defensa. El futuro judicial de Spagnuolo y los demás imputados en esta investigación depende de la resolución que adopte al finalizar la instrucción del caso el juez Casanello, tras la opinión de la fiscalía y de la agrupación Fundación Poder Ciudadano, querellante en la causa. Si se confirma el procesamiento de los imputados, el expediente avanzará hacia el juicio oral, donde se evaluarán tanto los audios como los dispositivos electrónicos incautados en los allanamientos. INFOBAE
Una denuncia radicada en enero de este permitió identificar a los insectos en el territorio. Por esto, se aplicará un plan de contigencia hasta junio de 2027. Luego de que detectaran indicios de la presencia de la plaga conocida como Picudo Rojo de las Palmeras en la isla Martín García, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) declaró la emergencia fitosanitaria por el plazo de un año. La medida fue oficializada esta madrugada, por medio de la publicación de la Resolución N° 133/2026 en el Boletín Oficial. Con la aprobación de la presidente del SENASA, María Beatriz Giraudo Gaviglio, se estableció que la emergencia estará vigente hasta el 30 de junio de 2027. “El área bajo Emergencia Fitosanitaria abarca la superficie correspondiente a la isla Martín García, perteneciente al partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires”, aclararon, tras apuntar que deberán ponerse en marcha las políticas obligatorias de prevención, vigilancia y control de la plaga. De la misma manera, la normativa obliga a todos los funcionarios y/o responsables a tener que denunciar “cualquier circunstancia detecten la presencia de ejemplares compatibles con la plaga en cualquiera de sus estadios (larva, pupa, adulto) y/o daños sospechosos del Picudo Rojo de las Palmeras”. Asimismo, aclararon que la alerta deberá ser realizada en la oficina del SENASA más cercana o por cualquier medio de comunicación vinculado al organismo. Entre los actores mencionados, las autoridades hicieron mención a toda persona responsable de la producción, multiplicación, importación o comercialización de palmeras, así como autoridades y organismos públicos. En este sentido, remarcaron que la entrada en vigencia de la emergencia fitosanitaria fue posible gracias a una denuncia ingresada a través del Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo de plagas (SINAVIMO), una plataforma que funcionaba bajo las directivas del SENASA. La misma había sido radicada en enero de este año, en donde indicaron que había “daños aparentemente causados por el Picudo Rojo de las Palmeras sobre Phoenix canariensis y la presencia de insectos morfológicamente compatibles con la citada plaga en estado adulto y juvenil en la isla Martín García”. A raíz de esto, la Dirección de Laboratorio Vegetal confirmó haber identificado la presencia del insecto Rhynchophorus ferrugineus Olivier, conocido como Picudo Rojo de las Palmeras, en muestras recolectadas recientemente. Por este motivo, explicaron que era vital declarar la emergencia, debido a la amenaza que representa la plaga para el patrimonio fitosanitario nacional. Sobre todo, porque este tipo de insecto está catalogado como “Plaga Cuarentenaria Ausente en el Territorio Nacional” y actualmente no existen productos fitosanitarios autorizados para su control por parte del SENASA. Asimismo, recordaron que la primera alerta sobre la presencia del picudo rojo se activó en 2022, luego de que constataran que se encontraba presente en Uruguay. Así, el objetivo de la declaración será fomentar la detección temprana y la colaboración entre los organismos responsables, además de alertar a los actores involucrados y a la sociedad sobre la importancia de tomar acciones contra la plaga. Por otro lado, la normativa dictaminó que la Dirección Nacional de Protección Vegetal podrá extender el plazo de la emergencia o modificar tanto el área afectada como los principios activos permitidos para el combate de la plaga. Al mismo tiempo que el organismo también podrá introducir medidas fitosanitarias adicionales para frenar su dispersión, establecieron que quienes infrinjan la normativa serán sometidos a las sanciones previstas en el capítulo V de la Ley 27.233 y sus disposiciones reglamentarias. Respecto al plan de contingencia aprobado, se incluyeron requerimientos de erradicación de ejemplares afectados, aplicación obligatoria de medidas de bioseguridad y uso controlado de productos fitosanitarios autorizados. Estos deberes alcanzaron tanto a operadores comerciales como a titulares de propiedades privadas, responsables de áreas protegidas y jurisdicciones provinciales o municipales. En este sentido, la estrategia de control contempla, hasta el 30 de junio de 2027, la autorización provisional y excepcional de diversos principios activos como ACETAMIPRID, BENZOATO DE EMAMECTINA, CARBARIL, DIMETOATO, DINOTEFURAM, FOSMET, IMIDACLOPRID y TIAMETOXAM para tratamientos de endoterapia, y una selección de esos mismos compuestos para tratamientos de exoterapia. En el caso de las aplicaciones exoterápicas, exigen la identificación de los ejemplares tratados, la delimitación de zonas de exclusión por 48 horas o hasta el secado del producto y la prevención de derivas durante la aplicación, especialmente en condiciones meteorológicas adversas. Entre las obligaciones reglamentadas, está vedado el consumo de frutos provenientes de palmeras en tratamiento con estos productos hasta nuevo aviso. Asimismo, se requiere el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Aplicación de Fitosanitarios y el respeto de las normativas vigentes a escala nacional, provincial y municipal. Infobae
Ariel Ledesma criticó principalmente todo el proceso conocido de elaboración de la ley de reforma laboral que propone la Nación. ”Lamentamos mucho que siempre se deje al trabajador de lado, como a sus representantes, para generar este tipo de leyes o ideas raras en beneficio – supuestamente – del mismo. Y sabemos que no es así cuando no somos partícipes de este tipo de armado de leyes”, comenzó. En los estudios de CIUDAD TV, el dirigente sindical expuso además la manifiesta preocupación del sector laboral de la construcción, ”por la pérdida de derechos que nos inclina más a la informalidad”. ”Nos quieren llevar de las narices a un lugar que creo que no es función del Estado que no es lo que tiene que hacer. Porque el Estado es un mediador, siempre lo fue entre el sindicato y la empresa y ahí – en un conjunto de ideas – se saca lo mejor para ambas partes y donde el beneficio es para los tres: para el gobierno, para los trabajadores y para las empresas”, sintetizó Ledesma. Agregando que las reformas propuestas, ”nos podrían hacer retroceder en conquistas históricas y que también muchas personas – que nunca han experimentado un trabajo formal – puedan tenerlo, lo cual empeora la informalidad laboral”. En este sentido, el dirigente de la UOCRA Chaco aseguró que, ”esto ni a las empresas locales les conviene. Acá en la provincia no son las multinacionales, y siempre la discusión la tienen con el gremio cuando se tratan las paritarias y se llega a un acuerdo. Eso se presenta al Ministerio de Trabajo, que es parte del Estado, que es el que media y ve que ambas partes estén de acuerdo. De ahí salen las leyes o normas o las paritarias para para los trabajadores”. ”¿Te imaginas cómo discutirá un trabajador con un empresario y quién va a llevar adelante la parte afirmativa? Quién va a llevar el beneficio no va a ser el trabajador; entonces también están estas cuestiones donde le que se va a perjudicar es la empresa, porque se trata de acordar condiciones en conjunto – como paritarias – en lugar de imponer cambios unilaterales”, explicó. ”Creo que esta es la mejor forma y de qué manera se tienen que hacer las leyes y cómo aplicarlas. ¿Para eso votan los diputados y los senadores, para perjudicar al trabajador o al pueblo?. Acá hay una realidad que la estamos sufriendo todos los argentinos”, agregó. Indicando que, ”en toda esta crisis que está ocurriendo, lamentablemente los primeros castigados fuimos nosotros, los de la construcción. Porque el Gobierno sacó toda la obra pública y porque ya no es solo un problema del sector de la construcción, sino que es una postergación para el pueblo y las ciudades. Al no tener obra pública habrá menos escuelas, centros de salud, menor seguridad y rutas en estado desastrozos. Eso es lo que está ocurriendo hoy”. También Ariel Ledesma apuntó al impacto negativo de esta reforma laboral en las pymes del país. ”Sabemos que las pequeñas y medianas empresasson las que generan muchos empleos, pero no están siendo incluidas en el debate y también será perjudicadas por la reforma”, disparó. Resaltando además a las profundas consecuencias económicas y sociales que se producirían de aprobarse este iniciativa casi inconsulta con los principales sectores dinamizadores del trabajo y la economía. ”Es esta falta de creación de empleo formal y la caída de las obras públicas lo que reduce el consumo, y obliga a los trabajadores a buscar “changas” para llegar a fin de mes generando un claro retroceso en las condiciones laborales”, insistió.
Años de evidencia sobre el daño cerebral en menores impulsan ahora una oleada regulatoria global que comenzó en Australia, seguirá en Europa y ha abierto “el juicio del siglo” en EE.UU. No es solo que pase muchas horas con el celular. Es que parece que no puede dejarlo al margen ni un minuto. Se enfada, hasta a veces entrar en cólera, si se le pide que lo apague. Pierde interés por cosas que antes le gustaban. A veces, por la noche, al entrar en su habitación, sigue en penumbra mirando la pantalla encendida. Cada vez parece más irritable o ausente. Revisa el teléfono casi de forma automática, aunque solo hace unos segundos que se lo había guardado. No son “cosas de adolescentes”. Eso que las familias llevan años percibiendo en los menores no es un choque generacional ni una forma diferente de vivir las relaciones con los amigos. Son las consecuencias directas que los estímulos de las redes sociales tienen sobre el cerebro de los adolescentes y que la evidencia científica lleva casi una década documentando. Los estudios son claros al respecto: el cerebro adolescente, con un sistema de recompensa hiperactivo y un control ejecutivo todavía inmaduro, es muy vulnerable a las mecánicas de diseño de las redes sociales que buscan atrapar la atención del usuario a toda costa. Lo que también sabemos, gracias a filtraciones de personas que han tenido puestos de responsabilidad en estas compañías y a investigaciones periodísticas, es que esto no es un efecto secundario o no intencionado. Las corporaciones que operan las redes sociales los conocen y los han afilado con precisión neurocientífica, llegando a guardar en un cajón los avisos sobre el especial peligro que corrían los niños ante ellos. Ahora los estados están empezando a decir basta. “Si queremos proteger a nuestros hijos, solo podemos hacer una cosa: tenemos que recuperar el control. Necesitamos asegurar que estas plataformas cumplan las normas como todos los demás”, afirmó este martes el presidente de España Pedro Sánchez en Dubai. “Su influencia no nos puede dar miedo, porque nuestra determinación es mayor que su riqueza”. El presidente presentó un paquete de medidas para el entorno digital, como reformar el Código Penal para hacer que los dirigentes de las grandes redes sean responsables de la manipulación de sus algoritmos. A su vez, confirmó que España establecerá una edad mínima de 16 años para entrar a las redes sociales en cuanto el Congreso apruebe la Ley de Protección de Personas Menores de Edad en entornos digitales. Ansiedad y depresión: las redes sociales cambian el cerebro de los adolescentes Expertos de Stanford, la prestigiosa universidad en el corazón de Silicon Valley, describen el smartphone como la “jeringa” de una generación. La droga son las luces brillantes, los colores llamativos y las notificaciones constantes, que activan un área conocida como el sistema de recompensa del cerebro. “Al igual que la jeringa es el mecanismo de administración de drogas como la heroína, el teléfono inteligente es la jeringa moderna que administra dopamina digital a una generación conectada”, explicó la psiquiatra Anna Lembke, autora de Generación Dopamina, una de las primeras obras que documentó este efecto. Pero el cerebro de los menores se adapta rápido. La sobreestimulación constante de las redes activa un mecanismo de defensa que reduce la transmisión de dopamina y disminuye la sensibilidad de sus receptores. Lembke lo llama un “estado de déficit de dopamina”: el menor ya no usa el teléfono celular para entretenerse, sino para intentar corregir un desequilibrio químico que le impide disfrutar de cualquier otra actividad cotidiana. Lo que Lembke enunció hace ya un lustro se ha ido reflejando en las cifras oficiales. Datos del Departamento de Salud de EEUU muestran que los adolescentes que pasan más de tres horas al día en estas plataformas duplican su riesgo de sufrir problemas graves de salud mental, incluyendo depresión y ansiedad. Un estudio de 2025, aprobado por la Biblioteca Nacional de Medicina, encontró una correlación matemática: por cada hora adicional de uso diario de redes sociales, el riesgo de depresión en los jóvenes aumenta un 13%. Todos estos procesos alteran físicamente la arquitectura cerebral de los adolescentes. Investigadores de la Universidad de Carolina de Norte demostraron que la revisión habitual de redes sociales puede alterar el desarrollo neuronal en un periodo de tan solo tres años, volviendo al cerebro adolescente hipersensible a la aprobación o el rechazo de otros mucho más que los cerebros de adolescentes con menor uso de redes. Otros estudios neurológicos encontraron evidencias de cambios estructurales en el cerebro vinculados directamente con comportamientos impulsivos y dificultades en la toma de decisiones. Visión alterada de la propia imagen Hay más epidemias silenciosas detectadas por las familias que ya han sido validadas por la evidencia científica. Una de ellas es la distorsión de la propia imagen que sufren los adolescentes y que se asocia directamente al consumo de redes. Un enorme metaanálisis (una investigación basada en los hallazgos de estudios anteriores, en concreto de 83) con un total 55.000 participantes publicado en 2024 confirmó la relación entre la práctica de comparación social que se da en estas plataformas y el desarrollo de trastornos alimentarios. Casi la mitad de los adolescentes entre 13 y 17 años que participaron en esos estudios, organizados desde 2018, admitió que las redes sociales les hacen sentir peor con su propio cuerpo. Se trata de efectos que pueden extenderse a personas de todas las edades, pero que son especialmente peligrosos en los adolescentes al estar su cerebro en formación. Ocurre lo mismo con el uso de pantallas antes de irse a dormir: suprime la secreción de melatonina y desincroniza el ritmo circadiano del hipotálamo. Sin embargo, su sueño es aún más importante que el de los adultos, ya que se considera vital para su correcto desarrollo cognitivo. Demandas y regulación La industria digital había conseguido convencer a los estados durante años de que la autorregulación era la vía adecuada para tratar estos problemas. Se apoya en los grupos de presión con más
La Comisión Europea (CE) consideró este viernes, tras una investigación preliminar, que la red social china TikTok incumple la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés) de la Unión Europea por su «diseño adictivo» para los usuarios y podría imponerle una multa en el futuro si no lo modifica. Para TikTok, “es categóricamente falso”. El Ejecutivo comunitario explicó en un comunicado que esto incluye características como el desplazamiento infinito por la pantalla, la reproducción automática de vídeos, las notificaciones automáticas (‘push’) y su sistema de recomendaciones «altamente personalizado». «Bienestar físico y mental de sus usuarios» La Comisión realizó una investigación preliminar que arrojó que la plataforma no evaluó adecuadamente cómo estas «características adictivas” podrían perjudicar el bienestar físico y mental de sus usuarios, incluidos menores de edad y adultos vulnerables. Puntualizó que, al “recompensar” constantemente a los usuarios con nuevos contenidos, ciertas características de diseño de TikTok alimentan la necesidad de seguir desplazándose por la pantalla y hacen que el cerebro de los usuarios entre en “modo piloto automático”. En este sentido, fuentes comunitarias citaron informes franceses y polacos y los que ha hecho la Organización Mundial de la Salud (OMS), en los que se asegura que TikTok es la plataforma «más utilizada» a partir de medianoche entre los adolescentes de 14 a 18 años y «altamente popular» en horario escolar entre niños de 7 a 12 años. De hecho, Bruselas también está investigando el sistema de verificación de edad que tiene la plataforrma, ante la sospecha de que no es eficaz para proteger a los menores. Uso compulsivo de la aplicación La Comisión precisó que, en su evaluación,TikTok ignoró importantes indicadores del uso compulsivo de la aplicación, como el tiempo que los menores pasan en la plataforma por la noche, la frecuencia con la que los usuarios abren la aplicación y otros posibles indicadores. “TikTok parece no implementar medidas razonables, proporcionadas y eficaces para mitigar los riesgos derivados de su diseño adictivo”, aseguró la Comisión. Así, citó que las medidas actuales de TikTok, en particular las herramientas de gestión del tiempo de pantalla y las herramientas de control parental, “no parecen reducir eficazmente los riesgos” de la adicción que provoca su diseño. Las herramientas de gestión del tiempo son “fáciles de descartar”, según la Comisión, y los controles parentales pueden “no ser eficaces porque requieren tiempo y habilidades adicionales” por parte de los progenitores. Modificar diseño De acuerdo a los hallazgos en esta fase, la Comisión cree que TikTok debe “modificar el diseño básico de su servicio”. Por ejemplo, desactivando con el tiempo funciones clave que crean adicción, como el “desplazamiento infinito”, aplicando “descansos de pantalla” efectivos, incluso durante la noche, y adaptando su sistema de recomendaciones. Bruselas dejó claro que estas conclusiones preliminares no prejuzgan el resultado final de la investigación. Recordó que estas opiniones preliminares están basadas en una investigación en profundidad que incluyó un análisis de los informes de evaluación de riesgos de TikTok, datos y documentos internos y las respuestas de la empresa a múltiples solicitudes de información. También de una revisión de la extensa investigación científica sobre este tema y entrevistas con expertos en múltiples campos, incluida la adicción conductual. Derecho de defensa La CE indicó que TikTok tiene ahora la posibilidad de ejercer su derecho de defensa, y que puede examinar los documentos de los expedientes de investigación de la Comisión y responder por escrito a las conclusiones preliminares. Si finalmente se confirman las opiniones de la Comisión, ésta podrá emitir una decisión de incumplimiento que puede dar lugar a una multa proporcional a la naturaleza, gravedad, reincidencia y duración de la infracción, y que puede alcanzar hasta un máximo del 6 % de su volumen de negocios anual total a nivel mundial. La CE abrió un procedimiento a TikTok el 19 de febrero de 2024 ante sospechas de que incumplía la Ley de Servicios Digitales. Además del diseño adictivo, esta investigación abarca el ‘efecto madriguera’ de los sistemas de recomendación de TikTok, el riesgo de que los menores tengan una experiencia inadecuada para su edad por tergiversación de la misma, y las obligaciones de las plataformas de garantizar un alto nivel de privacidad, seguridad y protección para los menores. TikTok dice que es «categóricamente falso» La plataforma china TikTok dijo este viernes que la investigación llevada a cabo contra ella por la Comisión Europea, que le ha llevado a concluir que la plataforma tiene un diseño «adictivo», se basa en «una descripción categóricamente falsa y totalmente infundada». «Tomaremos todas las medidas necesarias para impugnar estas conclusiones por todos los medios a nuestro alcance», aseguró un portavoz de la compañía, en un comunicado. EFE
“Estamos de paro y nos vamos a quedar en la planta hasta que tengan una solución”, sostuvo el secretario general de Camioneros durante la asamblea, en la que los trabajadores manifestaron la necesidad de avanzar en condiciones laborales dignas y salarios acordes al esfuerzo diario. El secretario adjunto del Sindicato de Camioneros, Pablo Moyano, encabezó una asamblea con 1.500 trabajadores en la planta Mega de Coca-Cola, donde anunciaron un paro por tiempo indeterminado en reclamo de mejoras laborales. El dirigente sindical rechazó la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional y convocó a movilizarse el próximo 11 de febrero, cuando el proyecto será tratado en el Congreso. Del encuentro participaron también el secretario Gremial, Marcelo Aparicio, el cuerpo de delegados y trabajadores de la planta, quienes exigieron la efectivización de contratados, mejoras en el presentismo y la incorporación de personal en el turno nocturno. “Estamos de paro y nos vamos a quedar en la planta hasta que tengan una solución”, sostuvo Moyano durante la asamblea, en la que los trabajadores manifestaron la necesidad de avanzar en condiciones laborales dignas y salarios acordes al esfuerzo diario. En ese marco, el dirigente sindical rechazó la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional y convocó a movilizarse el próximo 11 de febrero, cuando el proyecto será tratado en el Congreso, al afirmar: “Hay que estar todos en la calle para defender los derechos conquistados”. elDiarioAR
“Comportamiento asqueroso por parte del Presidente”, afirmó la oficina del gobernador de California, Gavin Newsom, un posible candidato presidencial demócrata para 2028. El presidente estadounidense, Donald Trump, publicó un video conspirativo sobre las elecciones que muestra al expresidente Barack Obama y a su esposa Michelle como monos, lo que provocó la condena de destacados políticos del partido Demócrata. Al final de un video de poco más de un minuto publicado en la plataforma Truth Social de Trump, los Obama aparecen alrededor de un segundo con sus rostros sobrepuestos en cuerpos de monos, con unas palmeras de fondo. La canción “The Lion Sleeps Tonight” suena de fondo cuando aparecen los Obama. El video repite afirmaciones falsas sobre la empresa de recuento de votos Dominion Voting Systems, que según su versión ayudó a robarle a Trump las elecciones de 2020. “Comportamiento asqueroso” La oficina del gobernador de California, Gavin Newsom, un posible candidato presidencial demócrata para 2028 y uno de los críticos más prominentes de Trump, arremetió contra la publicación. “Comportamiento asqueroso por parte del Presidente. Cada republicano debe denunciarlo. Ahora”, publicó la cuenta de la oficina de prensa de Newsom en X. Ben Rhodes, ex alto asesor de seguridad nacional y estrecho confidente de Barack Obama, también condenó las imágenes. “Dejen que Trump y sus seguidores racistas se obsesionen con la idea de que los estadounidenses del futuro considerarán a los Obama como figuras queridas, mientras que a él lo verán como una mancha en nuestra historia”, escribió también en X. Obama es el único presidente negro en la historia de Estados Unidos y respaldó a la rival de Trump, Kamala Harris, durante la campaña de las elecciones presidenciales de 2024. Trump y las imágenes con IA En el primer año de su segundo mandato en la Casa Blanca, Trump intensificó el uso de imágenes generadas con inteligencia artificial en Truth Social y otras plataformas, a menudo para glorificarse a sí mismo y ridiculizar a sus críticos. El año pasado publicó un video de IA de Barack Obama siendo arrestado en el Despacho Oval y apareciendo tras las rejas con un overol naranja. Luego, durante el mismo año, publicó un clip hecho con IA del líder de la minoría de la Cámara de Representantes, Hakeem Jeffries —quien es negro—, con un bigote falso y un sombrero de charro. Página/12
La directora de Epidemiología del Ministerio de Salud Pública del Chaco, Antonieta Cayre, dialogó con CIUDAD TV sobre las medidas preventivas clave para enfrentar enfermedades como el dengue, el sarampión y las diarreas del viajero. “Hasta ahora estamos sin circulación local, pero en verano es muy probable que comencemos a tener casos”, aseguró Cayré. Fue en respuesta a un caso reciente en la provincia de Corrientes, donde un viajero que arribó con síntomas febriles cursó la enfermedad localmente, lo que activó de inmediato los protocolos de bloqueo para evitar nuevos contagios. Este episodio, señaló, subraya la importancia de que las personas que regresan de zonas con circulación viral extremen los recaudos, incluso aislándose si presentan síntomas, para evitar que los mosquitos locales se conviertan en vectores de la enfermedad. Cayre detalló las recomendaciones básicas para prevenir la picadura del mosquito Aedes aegypti, vector del dengue. Para quienes viajan a áreas de riesgo, sugirió “tratar de evitar la picadura del mosquito, ya sea con métodos físicos, es decir, mangas de camisa, pantalones largos, usar medias y repelentes”. Una vez en el hogar, destacó la necesidad de eliminar posibles criaderos, recorriendo patios, galerías y el interior de las viviendas para descartar recipientes con agua acumulada. Recordó que este mosquito es domiciliario y prefiere “las zonas más frescas de la casa, con menos luz solar”, por lo que la limpieza de canaletas y rejillas es fundamental. La profesional advirtió sobre la subestimación de la enfermedad, conocida popularmente como “fiebre rompehuesos” por los intensos dolores musculares y óseos que provoca. Enfatizó que contraer dengue lejos del hogar complica significativamente el tránsito de la enfermedad. Asimismo, hizo un llamado urgente a completar los esquemas de vacunación, ya que “ya están quedando pocas vacunas contra el dengue”. La vacuna, actualmente disponible para personas de 15 a 59 años, “demostró ser muy efectiva contra las formas graves de la enfermedad, sobre todo para dengue 1 y dengue 2”, y es segura, con muy pocos efectos adversos. “Aquellos que ya iniciaron el esquema no se olviden, no pierdan la oportunidad de completar sus esquemas y estar protegidos”, insistió. Respecto a la vigilancia epidemiológica, Cayre remarcó la importancia de la consulta médica precoz ante síntomas como fiebre, dolor de cabeza y dolores musculares. Solicitó que, tanto en el sistema público como privado, se notifique al Ministerio de Salud cualquier caso confirmado por laboratorio, ya que esta información es vital para activar los protocolos de bloqueo y contención. “En el periodo de verano, es muy probable que nosotros comencemos a tener casos. Generalmente los primeros casos son importados, pero una vez que ya tenemos personas con dengue y si hay mosquitos cerca, podemos empezar a tener transmisión de esta enfermedad”, anticipó. Finalmente, la doctora brindó consejos para prevenir las diarreas del viajero, comunes durante las vacaciones. Recomendó consumir agua y alimentos de origen seguro, evitando “bebidas que no sabemos el origen” y el hielo preparado con agua local. Como medida de primera respuesta, sugirió tener a mano sales de rehidratación oral, un recurso económico y efectivo para combatir la deshidratación, complicación que también agrava el cuadro de dengue. “La deshidratación en el dengue es sinónimo de complicación; una persona bien hidratada es muy poco probable que evolucione a formas graves”, concluyó, haciendo un llamado a la responsabilidad individual y comunitaria de cara al verano.
La Cámara Federal de Resistencia confirmó una medida cautelar que obliga al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) a proveer de manera inmediata un costoso medicamento oncológico a un afiliado de 74 años. La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó una medida cautelar que obliga al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) a proveer de manera inmediata un costoso medicamento oncológico a un afiliado de 74 años. Se trata del remedio Opdualag viales de 240/80 mg x1 x20ml, en función de 2 ampollas cada 4 semanas. El fallo, que lleva la firma de los jueces Rocío Alcalá y Enrique Bosch, fue dictado este viernes 6 de febrero y rechazó el recurso de apelación interpuesto por la obra social, la cual argumentaba que el fármaco no figuraba en su vademécum. El caso El caso corresponde a un paciente diagnosticado con melanoma avanzado en la pierna derecha, con metástasis múltiples. Su oncólogo prescribió como tratamiento de primera línea el medicamento “Opdualag”. Sin embargo, PAMI denegó la cobertura, alegando que el fármaco no estaba incluido en su lista oficial y ofreciendo esquemas terapéuticos alternativos. Al confirmar la medida cautelar que ordenaba la entrega del medicamento, el tribunal federal realizó una extensa fundamentación basada en la protección del derecho a la salud y la dignidad de la persona. Los jueces subrayaron que, en estos casos, las exigencias administrativas no pueden anteponerse a los derechos fundamentales. En sus considerandos, citaron jurisprudencia que establece: “las exigencias administrativas impuestas unilateral y discrecionalmente por el demandado, a través de disposiciones de carácter interno, no pueden prevalecer sobre el bloque normativo con jerarquía constitucional”. Agregaron que desconocer este principio implicaría relativizar toda la legislación de protección a la salud “por cuestiones de índole reglamentaria”. El fallo enfatizó la gravedad de la situación del paciente y el riesgo por la demora, elementos clave para conceder una medida cautelar. Los magistrados señalaron que “el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana” y que “la dignidad de la persona puede definirse como el centro sobre el que gira la organización de los derechos fundamentales de nuestro orden constitucional”. En este contexto, consideraron que la negativa de PAMI ponía en peligro un derecho esencial. Autonomía de la relación médico-paciente Un punto central de la decisión fue reafirmar la autonomía de la relación médico-paciente frente a la discrecionalidad de la obra social. La sentencia recogió precedentes que sostienen que “los médicos tratantes poseen una amplia libertad para escoger el método, técnica o medicamento que habrá de utilizarse para afrontar la enfermedad”, y que el control administrativo de la obra social “no la autoriza ni la habilita a imponerle prescripción alguna en contraposición a la elegida por el profesional responsable”. El tribunal también consideró la edad y la vulnerabilidad del afiliado, señalando que una solución que no garantizara la medicación indicada transgrediría la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Tras evaluar el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado, la Cámara concluyó que “admitir la pretensión del actor en este aspecto no ocasiona un grave perjuicio a la demandada, pero evita, en cambio, un grave perjuicio a la salud y tal vez a la vida del amparista”. Cabe destacar que, durante el proceso, se verificó que PAMI finalmente había entregado el medicamento al paciente en septiembre de 2025, un hecho que no modificó el análisis jurídico del tribunal. La sentencia rechazó el recurso de apelación de PAMI, confirmó la resolución que ordenaba la provisión del fármaco y difirió la imposición de costas y honorarios para cuando se resuelva la acción principal de fondo.
Ámbito difundió el resultado de una auditoría interna de la obra social de las Fuerzas Armadas y las fuerzas de seguridad en la que se detalla el incremento exponencial de la deuda durante la gestión del ahora senador nacional al frente del Ministerio de Defensa. La gestión del mendocino Luis Petri al frente del Ministerio de Defensa tiene un agujero negro: el funcionamiento deficiente y el incremento de la deuda en el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), la tercera en importancia a nivel nacional. Ámbito accedió, en exclusiva, al documento 9/2025, en el que, como parte de una auditoría interna que aún no fue publicada, la propia obra social expone lo que Petri negó en sucesivas ocasiones: el crecimiento de la deuda de IOSFA fue exponencial tanto en forma nominal como ajustada por inflación. Aunque parezca que no, todo puede empeorar, ya que la auditoría no tuvo en cuenta el controvertido crédito de $40.000 millones de pesos, que IOSFA tomó en enero de 2025, durante la conducción de Luis Fiocchi, otro mendocino puesto ahí por Petri. A esta situación se le suma una constante baja de prestadores en todo el país. Para muestra alcanza un botón: mientras esta semana en Mar del Plata anunciaron la suspensión de prestaciones, solo en AMBA, en octubre se dieron de baja 200 prestadores. En simultáneo, la diputada nacional Lourdes Arrieta presentó un pedido de informes para “conocer dónde fue el dinero”; “quién se hará cargo de la deuda” y “qué pasará con la salud de militares y fuerzas de seguridad”. Endeudados La auditoría interna de IOSFA, encargada al contador Leandro González, arrojó sucesivos resultados en rojo, que ahora deberá afrontar el flamante ministro de Defensa, Carlos Presti, más allá del cambio de nominación de IOSFA a OSFA. En los hechos, tiene una modificación formal de relieve, ya que no brindará cobertura a las fuerzas de seguridad sino solo a los integrantes de las Fuerzas Armadas. Ahora bien, ¿quién se hará cargo de la deuda heredada? Según el mencionado documento, en marzo de 2024 era de $42.000 millones de pesos. Si se la ajusta con la inflación de los primeros meses de la gestión de Javier Milei, era de $70.000 millones de pesos. Ahora bien, en junio de 2025 pasó a ser de $210.000 millones de pesos. Nuevamente: esto sin tener en cuenta que en enero de 2025 se tomó una deuda de $40.000 millones de pesos con el Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF). Con intereses, esa deuda se duplicará, ya que el costo financiero de la deuda será de $48.000 millones de pesos. Entonces, cuando se abonen las 34 cuotas, el coste total serán $88.000 millones de pesos. La auditoría analiza en detalle la composición de la deuda. La mayor parte se la llevan los medicamentos especiales que representan el 28%. Mismo porcentaje representan las prácticas. Luego, con un 10% de la deuda le sigue la categoría “Internaciones”, “Protesis” viene luego con 9%, “Subvención de farmacias convenidas” con 7% al igual que la categoría “Otros”; “Honorarios médicos” 6% y cierra la categoría “Laboratorio” con 4%. El mayor salto de la deuda de IOSFA se dio entre marzo y diciembre de 2024, cuando pasó de $70.000 millones de pesos (ajustada por inflación) a $141.000 millones de pesos. Luego de que el incremento se ralentizara con el préstamo, volvió a pegar un salto a partir de marzo de 2025 cuando en solo tres meses creció hasta llegar a $210.000 millones de pesos. En el documento al que accedió Ámbito, se subraya: “Como se observa, el ritmo de crecimiento de la deuda se desaceleró notablemente en el período diciembre 2024 – marzo 2025, con un aumento real del 6%. Esta mejora se debe al impacto de los fondos recibidos del préstamo del IAF. Sin embargo, este efecto fue temporal ya que en el periodo marzo – junio 2025, la deuda sufrió un aumento real del 41%, lo que demuestra que el déficit estructural no ha mejorado, lo que resulta consistente con lo detallado en el Informe de Auditoría Nº 08/25 de Ejecución Presupuestaria del primer semestre de 2025”. Finalmente, concluye: “En cuanto a la evolución de los pasivos, se observa un aumento de la deuda del 41% en términos reales respecto del 31 de marzo de 2025, evidenciando que el déficit operativo se mantiene”. Fuego ¿amigo? Mientras el gobierno nacional, mediante DNU, creó la Obra Social de las Fuerzas Armadas y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad, la diputada Lourdes Arrieta, que ingresó a la Cámara Baja por la Libertad Avanza, acaba de presentar un pedido de informes para conocer qué sucederá con la deuda y la deficiente prestación de servicios. Dice Arrieta: “El Gobierno avanza en la disolución del IOSFA y la creación de nuevas obras sociales, mientras: la deuda supera los $240.000 millones; hay menos prestadores y prestaciones deficientes; no hay cobertura en zonas rurales y de frontera y los afiliados siguen pagando sin respuestas ni rendición de cuentas”. En ese sentido, el pedido requiere conocer adónde fue el dinero de los afiliados; quién se hará cargo de la deuda y qué sucederá con la salud de militares y fuerzas de seguridad. Los hechos no mejoran la situación. Fuentes oficiales indican que solo en octubre de 2025, en la región de AMBA se dieron de baja 200 prestadores. Algo similar está ocurriendo en el resto del país. Por caso, recientemente, en Mar del Plata, el Hospital Privado de Comunidad envió una misiva al jefe de la Base Naval de esa ciudad, el comodoro Fernando Pérez Khun, por medio de la cual comunica que queda suspendida la “totalidad de las internaciones programada, clínicas y quirúrgicas”; “las prácticas y prestaciones ambulatorias” y la “atención en servicio de guardia”. Rubén López, de la comisión interna de ATE en IOSFA, en diálogo con Ámbito, indicó que “una enorme cantidad de afiliados están pagando de su bolsillo los estudios o directamente no se los están
Durante el mes de enero, en el Hospital “Dr. Julio C. Perrando” de Resistencia, se llevó adelante el primer operativo de ablación multiorgánica del año en la provincia del Chaco, que permitió que 6 personas de distintas provincias del país accedan a un trasplante y mejoren su calidad de vida. El procedimiento fue posible gracias a la decisión solidaria de un donante y el acompañamiento de su familia, lo que permitió concretar trasplantes cardíaco, renales y hepático, además de la ablación de córneas. El operativo se desarrolló mediante el trabajo coordinado entre el equipo de salud del hospital y el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante del Chaco (CUCAI). Desde el organismo destacaron que este tipo de intervenciones fortalecen el sistema de donación y trasplante tanto en la provincia como a nivel nacional, permitiendo brindar nuevas oportunidades a pacientes que se encuentran en lista de espera. En ese marco, el director del CUCAI Chaco, Dr. Walter Bonfanti, remarcó la importancia de la donación de órganos y el impacto que genera en la vida de los pacientes. “Cada operativo es un acto de solidaridad que trasciende al donante y permite que muchas personas recuperen proyectos y calidad de vida”, expresó. Las autoridades sanitarias recordaron que la donación de órganos es un acto solidario que salva vidas y destacaron la importancia de concientizar a la comunidad sobre esta temática, promoviendo el diálogo familiar y el compromiso social.
El acuerdo de conciliación homologado puso fin a actuaciones administrativas vinculadas al ingreso irregular al país de más de 500 kilos de esa sustancia por parte de la empresa Posco Argentina SAU. La reparación económica beneficiará a instituciones educativas y sanitarias de comunidades de la puna salteña. La jueza federal de Garantías N°2 de Salta, Mariela Giménez, homologó una conciliación que prevé el pago de una reparación de 20 mil dólares por parte de la empresa minera Posco Argentina SAU, en el marco de actuaciones administrativas originadas por irregularidades en la importación de 500 kilos de ácido clorhídrico para sus plantas instaladas en la provincia. El acuerdo se dio a instancia de una propuesta del fiscal federal Ricardo Toranzos y la auxiliar fiscal Carolina Aráoz Vallejo, del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, luego de una investigación que descartó la comisión de un delito, dado que esa sustancia es considerada un precursor químico. La resolución se adoptó tras una audiencia realizada el 23 de diciembre pasado. Según expusieron Toranzos y Aráoz Vallejo, el caso se remonta a marzo del año pasado, cuando la firma inició trámites ante el Registro Nacional de Precursores Químicos con el objeto de importar dicha sustancia, en distintas partidas. La operación contemplaba el arribo del producto desde Corea del Sur por vía marítima y su posterior traslado terrestre, con ingreso al país a través del paso habilitado de Salvador Mazza. Sin embargo, al concretarse la importación, la Dirección General de Aduanas advirtió irregularidades en la documentación presentada. Ante esa situación, se dio intervención al organismo de control de precursores químicos que, a su vez, remitió las actuaciones al Área de Casos Complejos de la fiscalía, ante la sospecha de que las anomalías pudieran encuadrar en un delito previsto en el artículo 24 de la Ley 23.737 de persecución del narcotráfico, vinculado al ingreso de precursores químicos. Al abordar la investigación, la fiscalía llevó adelante diversas diligencias tendientes a reunir la totalidad de la documentación vinculada al trámite de importación, lo que permitió efectuar un análisis integral del procedimiento administrativo seguido por la empresa para el ingreso del ácido clorhídrico. Falta administrativa Del examen realizado, la unidad fiscal determinó que el trámite ante la Aduana se había efectuado de manera correcta, aunque la autorización fue otorgada sin haberse verificado la finalización del proceso ante el Registro Nacional de Precursores Químicos. Esta inconsistencia fue detectada recién al momento de los controles en zona de frontera. En función de ello, la fiscalía descartó la existencia de un delito penal y concluyó que se trató de una irregularidad de carácter administrativo. Conciliación como salida alternativa Teniendo en cuenta la naturaleza del hecho y la actitud colaborativa de la empresa, el Ministerio Público Fiscal propuso resolver el conflicto mediante una conciliación. El acuerdo incluyó una reparación económica por un total de 20 mil dólares, mientras que la mercadería quedó interdicta por disposición de la Dirección General de Aduanas. La fiscalía explicó ante la jueza que el monto acordado será abonado en un plazo de seis meses y estará destinado a beneficiar a instituciones educativas y sanitarias de las localidades de Estación Salar de Pocitos y Santa Rosa de los Pastos Grandes, ubicadas en el departamento de Los Andes, a más de 3.600 metros sobre el nivel del mar. Al fundamentar la solicitud, el fiscal Toranzos y la auxiliar fiscal Aráoz Vallejo destacaron lo dispuesto en el artículo 22 del Código Procesal Penal Federal, que promueve la utilización de salidas alternativas para la resolución de conflictos, orientadas “al restablecimiento de la armonía entre las partes y a la preservación de la paz social”. Asimismo, señalaron que el análisis del daño causado y la propuesta reparatoria se ajustaron a los lineamientos establecidos en las Resoluciones PGN 97/2009 y 13/2019 de la Procuración General de la Nación, consideradas principios rectores para la adopción de este tipo de acuerdos. Fiscales
En el marco las políticas impulsadas por el gobernador que posicionan a la salud como uno de los pilares de la gestión, el ministro de Infraestructura, Hugo Domínguez, recorrió el Hospital “Dr. Julio C. Perrando” junto a su equipo técnico para supervisar los avances en obras vinculadas a la incorporación de nuevo equipamiento médico, en articulación con el Ministerio de Salud del Chaco. Durante la recorrida, el funcionario destacó la importancia de las intervenciones que se están ejecutando en el principal centro sanitario de la provincia. “Estas obras no son solo paredes o equipos nuevos, son mejores condiciones para los trabajadores y para atender a la gente”, expresó Domínguez. En este marco, las obras se desarrollan por etapas e incluyen la adecuación de sectores estratégicos del servicio de diagnóstico por imágenes, lo que permitirá acompañar la incorporación de nueva tecnología, mejorar la calidad de atención a los pacientes y optimizar el funcionamiento del hospital. Asimismo, se avanza con la instalación de equipamiento médico y sistemas de digitalización de última generación, entre los que se destacan equipos de Rayos X digitales, mamógrafo digital con tomosíntesis, ecógrafos y sistemas integrales para la gestión de imágenes, fortaleciendo la capacidad diagnóstica del establecimiento. Estas intervenciones forman parte del trabajo coordinado entre distintas áreas del Gobierno provincial, orientado a modernizar la infraestructura sanitaria, incorporar tecnología y garantizar mejores servicios de salud para todos los chaqueños.
Según el relevamiento de la consultora LCG, los alimentos y bebidas se incrementaron 2,5% en los primeros días del mes. Junto con los aumentos de servicios suman presión al IPC, en medio de la polémica por el bloqueo a la nueva medición del INDEC. La inflación de alimentos y bebidas se aceleró con fuerza en la primera semana de febrero. Según una medición privada, se trató del incremento semanal más elevado desde marzo de 2024, cuando los precios de la economía aún reflejaban el impacto de la megadevaluación de diciembre de 2023, implementada en el inicio de la gestión de Javier Milei. El dato llega en medio de la polémica desatada por el bloqueo que el Gobierno impuso a la publicación del nuevo índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, basado en una canasta de consumo de los hogares más actualizada, que iba a ver la luz el próximo martes. El viejo IPC, que continuará en vigencia, pondera con un mayor peso a los alimentos y bebidas respecto de la nueva medición, que finalmente fue suspendida. El dato lo aportó la consultora LCG, una de las que sigue de forma semanal la evolución de los precios de alimentos y bebidas. De acuerdo con su medición, la primera semana de febrero dejó un salto del 2,5%. No solo se trata del incremento más importante de este año, sino que hay que remontarse a la segunda semana de marzo de 2024 para ver un guarismo superior (3,3%). El número refleja la persistencia de la inercia inflacionaria. Si esta tendencia se sostiene en lo que resta del mes, sumará una fuerte presión al IPC mensual, que ya de por sí sentirá el impacto de los fuertes aumentos en las tarifas por la quita de subsidios (aunque no se reflejará en toda su magnitud por el bloqueo del nuevo índice). Alimentos y bebidas: los mayores aumentos Dentro de la canasta que mide LCG, el mayor salto de precios lo experimentaron las bebidas e infusiones para consumir en el hogar, que escalaron 7,3%. La otra suba que se destacó fue la de productos de panificación, cereales y pastas, con 6%. La contracara fueron los aceites y las frutas, que bajaron 0,1% y 0,9% respectivamente. Ámbito
La Municipalidad de Resistencia continúa reforzando los operativos de tránsito para garantizar el uso del casco reglamentario y el cumplimiento de las normas de seguridad vial. Desde el área informaron que para circular en motocicleta es obligatorio contar con casco colocado y abrochado, licencia de conducir, seguro obligatorio, cédula del motovehículo, espejos retrovisores y dominio visible. Además, el rodado debe poseer luces en correcto funcionamiento y carenado completo. Estrictos controles En tal sentido, continúan los controles de motos en la ciudad, como el desarrollado el jueves por la tarde, en un operativo conjunto con la Policía Caminera realizado en avenida Castelli esquina Tránsito Cocomarola, donde secuestraron 72 vehículos y se labraron 240 actas de infracción. Ya el martes hubo otro dispositivo similar, tanto a la mañana como a la tarde, donde 13 motocicletas fueron trasladadas al corralón municipal por circular sin casco sus conductores. Los procedimientos continuaron durante la noche con tareas preventivas y de concientización dirigidas a motociclistas, con el objetivo de reforzar la seguridad vial y reducir riesgos en la vía pública. Además, hubo operativos móviles con sistemas de filmación para verificar el cumplimiento del respeto a las señales de los semáforos. Como resultado de los controles, 7 conductores fueron multados por cruzar en rojo. Además, 4 vehículos fueron removidos por falta de documentación y uso de casco reglamentario. Desde el Municipio informaron que los operativos continuarán y advirtieron sanciones severas para conductores reincidentes, reforzando el objetivo de prevenir siniestros viales y mejorar la seguridad en las calles
El fiscal Franco Picardi aseguró que todas las condicionalidades establecidas en la Constitución Nacional para la toma de empréstitos fueron “deliberadamente incumplidas”. El fiscal federal Franco Picardi apeló el fallo que archivó la causa por presuntas irregularidades en la toma y uso del préstamo Stand By firmado por el gobierno de Mauricio Macri con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2018, al sostener que la resolución fue arbitraria, con valoración parcial de pruebas y sin un análisis integral de los hechos y evidencias reunidas. En su recurso, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la jueza realizó una evaluación fragmentaria del material probatorio y trató los distintos episodios como hechos aislados, cuando para la fiscalía forman parte de un proceso concatenado que debe ser analizado de manera global para determinar eventuales responsabilidades penales. Además, cuestionó que el fallo haya transcripto evidencia sin ponderarla ni justificar de qué manera se arribó a las conclusiones que derivaron en el archivo de la causa. Los argumentos del fiscal Picardi El planteo remarca que existen indicios suficientes para profundizar la investigación. Entre las hipótesis formuladas se mencionan posibles incumplimientos normativos en la toma de deuda, presuntas irregularidades en la administración de los fondos, opacidad en el proceso de negociación y decisiones que habrían provocado perjuicios económicos relevantes para el Estado y la sociedad. El recurso también pone en discusión aspectos institucionales y procedimentales del acuerdo, como la falta de intervención formal del Congreso o del Presidente mediante actos administrativos específicos, así como la posible simulación o reconstrucción posterior de expedientes administrativos para justificar decisiones ya adoptadas. En función de estos agravios, la fiscalía solicitó que se revoque el archivo y que la Cámara Federal ordene continuar la investigación, al considerar que la magnitud institucional y económica del caso exige un análisis más profundo y exhaustivo. El Estado dejará de ser querellante en una causa por la deuda con el FMI durante el macrismoEl Gobierno nacional resolvió que el Estado deje de actuar como querellante en la causa judicial que investigaba el endeudamiento con el Fondo Monetario Internacional (FMI) durante la gestión de Mauricio Macri. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 87/2026, publicado este miércoles por la noche en el Boletín Oficial, y alcanza a la actuación de la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN) en el expediente. La medida se apoya en un dato clave: el pasado 2 de febrero la jueza interviniente María Eugenia Capuchetti decidió archivar la causa, al concluir que “no se cometieron los delitos denunciados”. En ese sentido, el decreto sostiene que gran parte de los cuestionamientos formulados en el expediente “constituían discrepancias con las decisiones de política económica llevadas a cabo por los distintos organismos públicos, en el marco de sus competencias”. Según la magistrada, esas decisiones no pueden ser objeto de reproche penal, ya que forman parte de “el ejercicio de facultades discrecionales de las que goza el Poder Ejecutivo Nacional para llevar a cabo su política económica”, y los efectos macroeconómicos adversos “no permiten reconducir, por sí solas, estas decisiones al ámbito del derecho penal”. Ámbito
La Justicia hizo lugar a la demanda de la modelo argentina Julia Zanettini y ordenó al buscador Google que bloquee, desindexe y elimine de forma definitiva las vinculaciones de su nombre con sitios que exhiben videos íntimos y de contenido pornográfico, por considerar que constituyen una forma de “violencia mediática y de género”. La medida fue dispuesta por el juez en lo Civil y Comercial Federal 10, Gonzalo Auguste, tras una acción preventiva de daños iniciada por la joven, que ya en 2018 había descubierto que era relacionada con esas páginas y había solicitado a la empresa, mediante carta documento, que se la desvinculara de las mismas. Como eso no ocurrió, Zanettini inició una demanda porque su nombre aparecía vinculado a sitios de contenido pornográfico, escorts, trabajadoras y acompañantes sexuales. Por eso solicitó que se adoptaran las medidas técnicas necesarias para evitar el agravamiento del daño y su continuidad en el tiempo. Una modelo con proyección internacional Zanettini es una modelo con proyección internacional que trabaja desde los 13 años y pertenece a Pink Models Agency. Oriunda de La Plata, empezó en la Escuela de Anamá Ferreyra y desde entonces no paró. Vivió en Chile y España y fue tapa de revistas como Elle Argentina. Amante de la lectura, comparte fotos de sus trabajos y viajes mezcladas con textos de escritores reconocidos. En 2022, las revistas seguían sus pasos por su relación con el actor Victorio D’Alessandro, aunque siempre mantuvo bajo perfil. Cuando recurrió a la Justicia, la top model denunció que al aparecer en webs que nada tenían que ver con su trabajo “había un desprecio total por la suerte de los derechos de terceros” y acompañó capturas de pantalla de las URL en las que era mencionada. En 2019, el juzgado intimó a la compañía para que quitara las webs denunciadas, pero Google entendió que “no se hallaban elementos para tener por acreditada la ilicitud manifiesta del contenido”. Finalmente retiró cuatro de las siete páginas objetadas. La compañía describió las características de Internet y el funcionamiento del buscador y señaló que se encontraba comprendida en la garantía constitucional que protege la libertad de expresión. Alegó que el reclamo debía dirigirse al titular responsable del contenido y citó jurisprudencia de la Corte Suprema. Derecho al honor vs. libertad de expresión A la hora de resolver el caso, el juez sostuvo que “se encuentran en conflicto derechos fundamentales que poseen protección constitucional; por un lado, el derecho al honor y a la protección de la intimidad personal y familiar y, por el otro, la libertad de expresión e información”. Recordó que la Corte Suprema hizo un profundo análisis del tema en el leading case “Rodríguez, María Belén c/ Google Inc. s/ Daños y perjuicios”, donde expuso que la libertad de expresión comprende el derecho a transmitir ideas, hechos y opiniones difundidos a través de Internet. El máximo tribunal también señaló que no correspondía juzgar la responsabilidad de los motores de búsqueda, ya que no tienen una obligación general de monitorear o vigilar los contenidos subidos a la red por terceros. No obstante, la Corte entendió que existen casos en los que el buscador puede llegar a responder por contenido ajeno cuando ha tomado efectivo conocimiento de su ilicitud, supuesto que -según Auguste- se verifica en este caso. El antecedente de María Belén Rodríguez En 2005, Rodríguez descubrió que al buscar su nombre en Google y Yahoo aparecía vinculada a páginas que ofrecían servicios sexuales y contenido pornográfico, y al año siguiente inició una demanda similar. Cuando el expediente llegó a la Corte Suprema, el tribunal entendió que los buscadores no son responsables por contenidos de terceros, pero aclaró que sí lo son cuando, notificados de un contenido ilícito, no actúan para eliminarlo. Ese fallo marcó un precedente fundamental sobre la libertad de expresión y la responsabilidad de los intermediarios de Internet en Argentina. Tomando en cuenta ese leading case, el magistrado concluyó que, en base a la documentación aportada por la modelo, la aparición de su nombre en esas webs acreditaba fehacientemente la afectación de su imagen y su buen nombre. “En el presente caso, se ha verificado que la indexación del nombre de la peticionaria en plataformas de contenido sexual no es un hecho neutro; por el contrario, constituye una forma de violencia mediática y de género”, subrayó el fallo. Destacó además que “este tipo de publicaciones resultan profundamente estigmatizantes, ya que promueven estereotipos que cosifican a la mujer y legitiman un trato desigual y degradante”. Agregó que sostener estas vinculaciones implica ignorar compromisos internacionales asumidos por el Estado, como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW. Finalmente, resaltó la “naturaleza violenta y lesiva” de estos contenidos, que afectan la dignidad y el proyecto de vida de la demandante, y remarcó la obligación judicial de garantizar una tutela efectiva con perspectiva de género. Los antecedentes Da Cunha y otros Otras famosas iniciaron demandas similares contra buscadores de Internet por estar vinculadas a sitios pornográficos, entre ellas la exBandana Virginia Da Cunha y las modelos Bárbara Lorenzo y Carolina Gimbutas. Tras idas y vueltas judiciales, la Corte falló a favor de los buscadores al considerar que muchas páginas utilizan nombres de famosos para atraer tráfico y que la indexación responde a mecanismos automáticos. En el caso de Da Cunha, en 2009 un tribunal de primera instancia había condenado a Google y Yahoo! a pagarle una indemnización económica, pero luego ese fallo fue revocado. IProfesional
En esta nota de opinión, Pedro Peretti analiza el caso de la supuesta “cesión” de tierras a una comunidad indígena de Santiago del Estero por parte del padre del presidente Norberto “Beto” Milei. Los medios hegemónicos titularon casi unívocamente que Norberto “Beto” Milei, padre de Javier Gerardo (tal como lo llama el ex canciller Bielsa), a la sazón, Presidente en ejercicio de la Argentina, cedió más de 3.000 hectáreas a una comunidad indígena. Lo primero que me vino a la memoria fue la anécdota de Jorge Cafrune cuando le contaron que la Duquesa de Alba había donado una propiedad, ¿donó o devolvió?, se preguntó con sorna el astuto y talentoso jujeño. Acá claramente no se cedió nada. Lo otro que recordé fue la excelente exposición del abogado ambientalista Enrique Viale, cuando se discutió el DNU 70/ 23, y la ley Bases, en la comisión de la Cámara de Diputados de la Nación. Viale expresó que “Eduardo Elsztain, el padrino del presidente, donde está alojado, ( hotel Libertador), es el dueño de CRESUD, el mayor terrateniente de la Argentina, ¿saben cuánto desmontó?, 120.000 hectáreas, 6 veces la ciudad de Buenos Aires. En los Pozos, Salta, tiene 150.000 hectáreas pedidas más, para seguir desmontando; si sale esta Ley, las destroza, a medida de Elsztain…otro beneficiado Mauricio Macri ,su finca Yuto ya desmontó 10.000 hectáreas, y quiere 6.000 más. Y Luis Caputo el ministro de Economía de la Nación en el departamento Copos de Santiago del Estero ya desmontó 500 y quiere 1.000 hectáreas más.” Lo que no sabía Viale, ni el Mocase, ni nadie, es que la familia Milei, tenía fuertes intereses en tierras donde se aplica la ley de bosques, que Javier Gerardo modificó. Adolfo Farías, miembro del Mocase, (acuerdista), explica en qué momento se conoció quién era el dueño del campo en disputa. “Nunca se supo bien quién era el dueño y después que ganó las elecciones Milei, se supo de la titularidad, porque la posesión siempre fue de estas 19 familias, era de esta persona, del ‘padre de la criatura’, como le digo yo”. Después de 30 años de disputa apareció el dueño, todo más oscuro que nieblas del riachuelo. O sea, el Poder Ejecutivo Nacional que preside el hijo de “Beto” Milei, modifica una ley que le beneficia directamente a él; y hay otras 300 empresas, algunas que directamente lo esponsorizan; y son las mismas, que en los últimos 30 años, han deforestado casi 7 millones de hectáreas de bosques nativos, para poner soja y vacas. Hay claramente un notorio conflicto de intereses. Son la nueva oligarquía diversificada, que en contubernio con los gobernadores, verdaderos felpudos del poder terrateniente, dilapidaron más tierra pública que Julio A Roca…El latifundio es una rémora feudal, que en Argentina está más viva y rozagante que nunca. Javier Gerardo Milei no puede alegar desconocimiento de esta operación inmobiliaria, porque esas tierras, su familia las “adquirió” en 1995, a nombre de una empresa: “La Ponderosa”, de la cual como vimos, su padre resultó ser el principal accionista ¿habrá otros, quienes serán? Le pusieron el mismo nombre del rancho de los Cartwright, los terratenientes norteamericanos de la serie Bonanza. Son cipayos desde la cuna y en todos los detalles. El “acuerdo” con las familias se firmó en septiembre de 2024 y consistió en la cesión de 3.300 hectáreas de un campo de 7 mil hectáreas. En el paraje de Pampa Atún, el territorio en disputa, viven las familias de la comunidad “Sentimiento de mi Tierra”, desde antes de la conformación del Estado argentino. Dos cuestiones importantísimas. La comunidad Sentimiento de mi Tierra es preexistente al Estado Nacional; por lo tanto la sospecha de que fue una compra amañada es casi una certeza. La otra, es que el acuerdo se firma luego de sancionada la Ley Bases, y una vez asumido Milei. Hasta ahí, nadie sabía quién era el que reclamaba la propiedad de esa tierra. Se puede sospechar, con fundamentos, que se hace uso del poder del Estado a los efectos de condicionar a una parte de la comunidad para que firmen el acuerdo, aprovechando que el presidente es el hijo del que reclama las tierras, ¿no es muy descabellado, no? Se equivocan quienes analizan que las familias de Pampa Atún, ganaron 3.300 hectáreas; los que ganaron las 3.300 hectáreas son los Milei; que compraron un campo “flojo de papeles” y lograron legalizar la mitad. El campo debe ser restituido en su totalidad a los legítimos dueños, y digo todo, no la mitad. Ésto no significa juzgar malamente la actitud de la parte de la comunidad que aceptó. Los entiendo, en semejante ofensiva contra la “propiedad privada” de los pueblos originarios, “más vale pan duro, que ninguno”. Pero no todos los involucrados en el conflicto están conformes con el acuerdo. El ex cura Ángel Strappazzon, legendario líder campesino, co fundador del MOCASE, que recorrió la comunidad por más de 30 años, tiene una mirada totalmente distinta a la del MOCASE ( acuerdista). Sostiene que: “…la consulta nunca se hizo y la comunidad aborigen, Sentimientos mi Tierra, tiene al menos 500 miembros y sólo firmaron 19 miembros”. Strappazzon nos cuenta que sufrió dos “aprietes violentos” cuando visitaba la comunidad; uno, de encapuchados vinculados a La Ponderosa; y otro, de matones al servicio de un terrateniente-empresario español, que tenía buenas migas con Emilio Rached, ex intendente de Pintos y uno de los senadores que votó contra la resolución 125, junto a Cobos. Las tierras que quedaron para Milei son humedales muy valiosos y bosques naturales, que siguen ocupados por los habitantes originarios, quienes no reconocen la validez del acuerdo, por lo que el conflicto va a seguir”…Strappazzon sostiene que “…Farías y Aguirre, los dos operadores del acuerdo, han subarrendado una parte de las tierras que recibió Norberto Milei y han actuado en connivencia con él y no al servicio de la comunidad”. Los medios hegemónicos ponen en primera línea la “generosidad” del padre del victimario, y después reivindican el “sospechoso” consentimiento del Mocase (acuerdista). Ambos hechos