Impulsado por la diputada Teresa Cubells, se creó por Ley el “Programa Provincial de Promoción de Políticas contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado”,  que se llevará adelante en el ámbito de la Comisión Provincial por la Memoria con el objetivo de promover políticas tendientes a prevenir, identificar, denunciar y difundir las conductas negacionistas de los crímenes de lesa humanidad y violaciones de derechos humanos perpetradas durante la dictadura cívico-militar, autoritarismo y terrorismo de estado, incluyendo el etnocidio llevado a cabo contra los pueblos indígenas.

    La ley obtuvo 15 votos a favor del Frente de Todos y el Frente Integrador. De la Unión Cívica Radical votaron por la permanencia en cartera, Alejandro Aradas, Débora Cardozo, Zulma Galeano, Andrea Canteros Reiser y Alicia Digiuni, y se abstuvo de votar Sebastián Lazzarini.

    El programa incluirá acciones como: Crear una base documental sobre el negacionismo en el mundo, latinoamérica y nuestro país; constituir ámbitos abiertos de reflexión con participación de organismos de derechos humanos, dependencias estatales, organizaciones de la comunidad y personas; llevar adelante actividades de concientización, difusión, educativas y culturales, sobre las consecuencias del Terrorismo de Estado, en consonancia con los objetivos de la Comisión y el Registro Único de la Verdad, tendientes a la eliminación de las actitudes negacionistas.

     

    También se promoverán acuerdos de prevención y erradicación del negacionismo con asociaciones sindicales, entidades que agrupan a profesionales, organizaciones no gubernamentales, universidades, partidos políticos y otras organizaciones públicas y privadas; y con medios de comunicación, elaborando un protocolo de buenas prácticas en materia de negacionismo.

     

    La Comisión deberá además sistematizar un mecanismo de identificación de conductas públicas negacionistas y establecer mecanismos de recepción de consultas y denuncias; establecer mecanismos de intervención ante la aparición de estas manifestaciones o conductas y denunciar, en su caso, ante las instancias pertinentes a las personas o grupos de personas que las lleven adelante.

     

    En estos casos, y cuando se habiliten instancias judiciales, además del Comité de Prevención de la Tortura, la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros establecido en el Código Procesal Penal se incorpora a  la Comisión Provincial por la Memoria podrá constituirse como querellante particular, y en el caso de que las manifestaciones negacionistas afecten los derechos de las comunidades indígenas, el Instituto del Aborigen Chaqueño también podrá formar parte de la querella. A tales efectos, la Legislatura sancionó una segunda norma que modifica el Código Procesal Penal para incluir esta disposición.

     

    Además, se deberán difundir las prácticas negacionistas señalando sus aspectos negativos, promoviendo el conocimiento público de las personas o grupos de personas que las impulsan; a tales efectos se constituirá un registro en el que se reunirán todos los documentos, pruebas y evidencias sobre acciones y casos que se hayan tramitado.

     

    Cabe remarcar que la Ley incorpora a los Pueblos Indígenas, comunidades indígenas y el Instituto del Aborigen Chaqueño, estableciendo mecanismos de consulta y participación, conforme a lo establecido en el convenio 169 de la OIT, ratificado por ley 24071, cuando las conductas negacionistas guarden relación con violaciones a derechos humanos de dichas comunidades.

     

    Se establece, asimismo, que los organismos que forman parte del sector público provincial, así como los municipios que se adhieran, estarán obligados a prestar la debida colaboración y el acceso a la información bajo su administración a la Comisión Provincial por la Memoria, en todo lo relacionado con los objetivos de esta ley. Además, las personas que en ejercicio de la función pública en cargos electivos o no, en todos los niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, remunerada u honoraria en el sector publico provincial -ley 1092-A, llevaren adelante prácticas o asuman posiciones negacionistas, serán pasibles de sanciones conforme a los procedimientos administrativos disciplinarios establecidos en el régimen propio de su función.

    Cuando la infracción a las disposiciones de la presente ley fuera cometida por una persona que no esté sujeta a un régimen disciplinario, la máxima autoridad de la jurisdicción u organismo en la que se desempeñe deberá impulsar de oficio o a instancia de la Comisión Provincial por la Memoria  los procedimientos o medidas tendientes a deslindar las responsabilidades del caso, debiendo garantizar el derecho de defensa del sujeto involucrado.

    Cualquier persona que tenga conocimiento respecto a la existencia de prácticas negacionistas podrá denunciar  ante  la Comisión Provincial por la Memoria, la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros, el Comité de Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles e Inhumanas y/o Degradantes, y la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo.

     

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